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Estos son los tres requisitos claves que se deben tener en cuenta para considerar la legítima defensa

Una abogada y profesora universitaria en Derecho Penal explicó lo que hay que evaluar para considerar la acción de responder a un ataque en "defensa propia".

En medio de la polémica por el caso del médico que mató a un ladrón en la calle y del debate por la legítima defensa, la abogada y profesora universitaria en Derecho Penal, Cristina Naveda, explicó en Uno por Semana sobre el tema.

Naveda dijo que son tres los requisitos fundamentales que hay que analizar para poder considerar un acto como "legítima defensa". Si bien remarcó que "hay que analizar cada caso en particular", apuntó a los siguientes ítems:

-Debe existir una agresión ilegítima: es decir que una persona es atacada de forma injusta. Vale destacar que en el derecho penal queda claro que, tal ataque debe realizarse contra la integridad de la persona, contra la vida o la sexualidad. También, exige que la agresión sea real, actual o inminente. Es decir, ni pasada ni alejada en el futuro.

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-De existir una necesidad racional para impedir o repeler: esto implica que la persona no pueda defenderse con la ayuda de terceros (como la intervención de la Policía), que el medio empleado para la defensa sea proporcional a la agresión o ataque. Si la víctima emplea una fuerza extra que exceda el marco de la necesidad, se contemplará el "exceso de defensa".

-De existir la falta de provocación suficiente: Esto quiere decir que la conducta del agresor no debe tener su origen en un previo ataque del agredido.

Por último, la profesional aclaró que en la legítima defensa se quita el carácter de delito a la emoción violenta.