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Por falta de pruebas, absolvieron al joven acusado de abuso sexual

El juez Maximiliano Blejman confirmó la absolución de Joaquín Danilo Delgado Charcos, acusado de abuso sexual con acceso carnal. La decisión se basó en la falta de pruebas concluyentes.

El caso que hace un año conmocionó a la sociedad sanjuanina llegó a su fin judicial. Joaquín Danilo Delgado Charcos, acusado de abuso sexual con acceso carnal contra una amiga, fue absuelto definitivamente después de que el juez de impugnación, Maximiliano Blejman, ratificara la decisión del magistrado de primera instancia, Roberto Montilla.

El fallo se dictó tras considerar que las pruebas presentadas por la fiscalía no alcanzaron para destruir el principio de inocencia. El joven, hijo de un productor agrícola de Pocito, permaneció en libertad durante todo el proceso.

Según la acusación del fiscal José Tomás Plaza, Delgado Charcos habría abusado de su amiga durante una salida nocturna en el Camping El Pinar, en Rivadavia, el 7 de junio de 2024. La denunciante relató que el joven intentó besarla, la tomó por la fuerza y la sometió sexualmente en la parte trasera de una camioneta.

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Durante el juicio, el representante del Ministerio Público Fiscal pidió una pena de siete años y seis meses de prisión efectiva. Sin embargo, la defensa, a cargo de las abogadas Ivana Salas y Martín Gustavo Torcivia, insistió desde un inicio en la absolución lisa y llana, argumentando que el encuentro fue consentido. También señalaron que las lesiones constatadas no fueron producto de violencia y que no se pudo comprobar la penetración mediante análisis genético.

En la sentencia, el juez Montilla resolvió absolver a Delgado Charcos por el beneficio de la duda, destacando que la prueba de cargo fue insuficiente para acreditar el delito. Uno de los puntos que pesó en la decisión fue la falta de peritaje en la parte trasera de la camioneta, donde, según la denunciante, habría ocurrido el hecho.

El fiscal apeló la resolución calificándola de “arbitraria” y cuestionó que el magistrado no aplicara una perspectiva de género al analizar el caso. También señaló como agravio que el juez dudara de la existencia del acceso carnal al remarcar que “no existen lesiones internas vaginales” ni presencia de PSA dentro de la vagina de la víctima.

Finalmente, el juez de impugnación Maximiliano Blejman rechazó los planteos de la fiscalía y confirmó la absolución. En su resolución, subrayó que la carga probatoria recae sobre el Ministerio Público Fiscal y que las deficiencias en la investigación no pueden ser subsanadas por el tribunal.

Con esta decisión, quedó firme la absolución de Joaquín Danilo Delgado Charcos por el beneficio de la duda. El caso se da por cerrado, sin posibilidad de nuevas impugnaciones.