"
San Juan 8 > San Juan > condenado

Fue condenado por lesiones, pero un tribunal concluyó que intentó matar a su pareja

El Tribunal de Impugnaciones revocó la condena de dos años en suspenso que había recibido Carlos Emanuel Sosa Juárez y resolvió que el ataque contra su pareja fue una tentativa de femicidio. Ahora un nuevo tribunal deberá definir la pena de prisión efectiva.

El Tribunal de Impugnaciones anuló la polémica sentencia que, en marzo de este año, había condenado a Carlos Emanuel Sosa Juárez a dos años de prisión condicional por lesiones leves agravadas. Tras revisar la causa, los jueces de segunda instancia concluyeron que el violento ataque con un cuchillo contra su pareja fue, en realidad, una tentativa de homicidio agravado por el vínculo y en contexto de violencia de género.

El cambio de criterio revierte por completo el fallo de primera instancia, donde las juezas Mabel Moya y Celia Maldonado de Álvarez entendieron que el acusado no había tenido intención de matar porque las lesiones sufridas por la víctima fueron calificadas como leves y superficiales. Ese razonamiento permitió que el imputado recuperara la libertad con una condena en suspenso.

Sin embargo, el Tribunal de Impugnaciones hizo lugar al recurso presentado por la UFI CAVIG y sostuvo que la intención homicida no puede medirse únicamente por el resultado de las heridas, sino por la forma en que ocurrió el ataque.

Te puede interesar...

Los magistrados remarcaron que Sosa Juárez sorprendió a la mujer mientras intentaba dormir sobre un colchón en el piso. Según la reconstrucción judicial, la inmovilizó sentándose sobre su abdomen, la sujetó del cuello y le asestó varias puñaladas dirigidas a zonas vitales como el cuello y el rostro.

Uno de los puntos centrales del fallo fue que la víctima sobrevivió por una circunstancia fortuita. La resolución sostiene que el cuchillo se detuvo al impactar contra el hueso maxilar, lo que impidió que las lesiones alcanzaran estructuras vitales. Incluso, la hoja del arma llegó a doblarse por la fuerza del ataque.

El Tribunal también descartó la teoría de la defensa, que intentó presentar el episodio como una discusión dentro de una relación conflictiva. Para los jueces, el ataque se produjo tras un episodio de celos del acusado por un video publicado en TikTok y constituye una clara manifestación de violencia de género, basada en una relación de control y posesión sobre la víctima.

Además, los jueces coincidieron con el voto que había emitido en soledad el magistrado Gerardo Fernández Caussi durante el juicio original. En aquella oportunidad, había advertido que asestar varias puñaladas en el cuello y el rostro evidenciaba un claro dolo homicida, más allá de que las heridas finalmente no resultaran mortales.

Con la culpabilidad ya definida, el expediente pasará ahora a un nuevo Tribunal de Juicio, que deberá realizar la audiencia de cesura para fijar la pena. En esa instancia ya no se debatirá si Sosa Juárez intentó matar a su pareja, sino cuántos años de prisión efectiva deberá cumplir por el delito de tentativa de homicidio agravado por el vínculo y por mediar violencia de género.