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Reforma laboral: el nuevo marco para repartidores y choferes de plataformas

El Gobierno nacional presentó en el Senado un proyecto de reforma laboral que busca regular la actividad de repartidores y conductores de plataformas sin relación de dependencia. La iniciativa generó rechazo sindical y abrió un debate entre especialistas.

El Gobierno nacional impulsó una reforma laboral que incluyó un marco normativo específico para la actividad de repartidores y conductores de plataformas digitales, como Rappi, PedidosYa, Didi y Cabify, sin que ello implique una relación de dependencia laboral.

El proyecto, presentado en el Senado, estableció que los prestadores de estos servicios serán considerados trabajadores independientes, con libertad de conexión, posibilidad de aceptar o rechazar pedidos sin sanciones y acceso a ciertos derechos básicos.

Según el texto oficial, la propuesta buscó garantizar condiciones mínimas sin encuadrar la actividad dentro de la Ley de Contrato de Trabajo.

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Requisitos y derechos previstos

De acuerdo con la iniciativa, quienes trabajen en plataformas deberán inscribirse como contribuyentes ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), realizar aportes a la Seguridad Social como monotributistas y contar con una cuenta bancaria o billetera electrónica para el cobro de ingresos.

Entre los derechos contemplados, se incluyeron:

  • Cobro del 100% de las propinas agregadas por los usuarios.

  • Acceso a capacitaciones gratuitas sobre uso de la plataforma y seguridad vial, a cargo de las empresas.

  • Derecho a solicitar explicaciones y ejercer derecho a réplica ante bloqueos de la aplicación.

  • Provisión de elementos de protección y un seguro de accidentes personales, cuyo costo y alcance quedarán sujetos a acuerdo entre las partes.

El proyecto aclaró expresamente que estos derechos “no implican indicio alguno de relación laboral, subordinación o dependencia”.

El peso del sector en Argentina

Según un informe del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), Rappi y PedidosYa concentran el 97% del mercado de reparto en la Argentina. Además, una de estas plataformas pasó de 20.000 repartidores activos en 2022 a 30.000 a mediados de 2023.

El mismo estudio indicó que el sector se caracteriza por el trabajo a tiempo parcial: el 41,7% se conecta entre 1 y 10 horas semanales, solo el 9,9% trabaja a tiempo completo, y los repartidores eventuales representan el 68% del total.

Opiniones de especialistas

Desde el ámbito jurídico, Matías Cremonte, presidente de la Asociación Latinoamericana de Abogados y Abogadas Laboralistas, cuestionó la iniciativa al señalar que “la reforma es regresiva, porque comienza excluyendo la posibilidad de que los repartidores puedan ampararse en la Ley de Contrato de Trabajo”.

Según explicó, “si los quieren excluir expresamente es porque con el marco actual están incluidos y tienen derechos laborales”, y remarcó que el proyecto redefine el vínculo como una relación comercial, lo que —a su criterio— contradice el espíritu protector del derecho laboral.

En cambio, desde una mirada económica, Virginia Giordano, coordinadora de Investigaciones del Instituto para el Desarrollo Social Argentino (IDESA), valoró el avance hacia un régimen específico. “El trabajo en plataformas no encaja en el molde clásico del empleo en relación de dependencia”, sostuvo, al destacar la flexibilidad horaria y la compatibilidad con otras actividades.

Giordano señaló como referencia que en Estados Unidos el 80% de los conductores de Uber tiene otro empleo y la mitad trabaja menos de 15 horas semanales en la aplicación.

El rechazo sindical

Desde el Sindicato de Base de Trabajadores por Aplicación, la secretaria adjunta Belén d’Ambrosio expresó el rechazo a la reforma al considerar que “quiere establecer por ley que no nos corresponde ningún derecho”.

La dirigente sostuvo que, bajo la legislación vigente, los repartidores se encuentran en una “relación laboral encubierta” que les permite accionar judicialmente ante bloqueos que consideran despidos encubiertos. “La reforma pone todas las obligaciones sobre las espaldas de los repartidores, pero sin dar ningún derecho”, afirmó.

Qué ocurre en otros países

El debate sobre el trabajo en plataformas se replica en la región. En Brasil, se impulsa una categoría de “trabajador autónomo por plataforma”; en México, se aprobó una reforma que otorga seguridad social completa; en Colombia, se avanzó en el reconocimiento de derechos laborales; y en Uruguay, una ley reguló derechos básicos, dejando en manos de la Justicia la definición del vínculo laboral.