Qué cambia con el nuevo reglamento
El Ministerio de Justicia estableció que los magistrados podrán solicitar su nuevo nombramiento durante el año anterior a cumplir los 75 años. Para iniciar el trámite deberán presentar documentación personal y profesional, entre ella el DNI, título universitario, currículum, declaración jurada patrimonial y un certificado sobre eventuales sanciones disciplinarias o pedidos de juicio político.
La solicitud deberá ser publicada por el Ministerio de Justicia y también se requerirá información de ARCA sobre el cumplimiento de las obligaciones impositivas y previsionales del magistrado.
Después de ese proceso, será el Presidente quien decida si eleva el pedido al Senado. Si el Ejecutivo no impulsa la continuidad, o si la Cámara alta rechaza el acuerdo o no lo concede antes de que el juez alcance los 75 años, deberá iniciarse el procedimiento para cubrir la vacante.
El mecanismo se apoya en el artículo 99, inciso 4, de la Constitución Nacional, que establece que los jueces que llegan a los 75 años necesitan un nuevo nombramiento del Poder Ejecutivo y otro acuerdo del Senado para permanecer en sus cargos. Esas designaciones tienen una duración de cinco años y pueden renovarse mediante el mismo procedimiento.
La discusión sobre la edad de los jueces tiene un antecedente judicial clave. Durante años, distintos magistrados pudieron continuar en sus funciones después de los 75 años a partir de fallos basados en el denominado caso Fayt.
La situación cambió en 2017, cuando la Corte Suprema declaró constitucional el límite etario en el caso Schiffrin y sostuvo que la reforma constitucional de 1994 había establecido un mecanismo de renovación para los magistrados que alcanzaran esa edad.
Desde entonces, quienes quieran continuar deben obtener el nuevo nombramiento presidencial y el correspondiente acuerdo del Senado.
San Juan, entre los casos que ya tienen definición
En el caso sanjuanino, Leopoldo Rago Gallo es uno de los magistrados que ya consiguió el aval del Senado para continuar en el cargo. Su situación se diferencia de la de otros jueces que llegaron a los 75 años sin una renovación acordada y que actualmente enfrentan procesos para definir si deben dejar sus funciones.
El nuevo reglamento, por lo tanto, ordena el camino administrativo para los magistrados que se acerquen a la edad límite y busca establecer un procedimiento uniforme para resolver quiénes pueden continuar y bajo qué condiciones.
La medida adquiere relevancia por la cantidad de jueces que se encuentran próximos a cumplir los 75 años: además de los siete que ya superaron esa edad, otros diez tienen actualmente 74 años, según el relevamiento citado por Chequeado.