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Los autos del 2001 en adelante deberán hacer la verificación policial

Además, las motos de fabricación nacional inscriptas desde el 1 de enero de 2004, en todas las cilindradas, también deberán hacer la verificación policial.

La Dirección del Registro Único Provincial de Verificación de Automotores y de Autopartes (RUPVAA) informa que a partir del próximo 5 de abril, deberán realizar verificación policial los automotores inscriptos inicialmente a partir del 1º de enero de 2001. En el caso de las motos de fabricación nacional, las inscriptas inicialmente a partir del 1º de enero de 2004, en todas las cilindradas. En el caso de motos importadas continúa siendo obligatoria la verificación para todas, no importando ni año ni cilindrada.

El director del RUPVAA, Rolando Díaz, explicó que esta modificación surge a partir de la Disposición 31/2021 de la Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios (DNRPA), la cual establece cambios en los modelos y años de los vehículos que deberán realizar la verificación policial, para obtener el F12, necesario para concretar el trámite de transferencia.

Diaz señaló: “Esta nueva disposición claramente va ampliar el parque automotor que deberá realizar obligatoriamente la verificación, en el caso de San Juan, en el RUPVAA, por lo cual estimamos que estaremos casi duplicando la cantidad de vehículos en condiciones de realizar la verificación correspondiente”.

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Por último, el director del organismo provincial, indicó: “Esto va a contribuir a mejorar los controles de muchos vehículos que pueden haber sido modificados y/o adulterados, en un margen mayor de modelos. En cuanto a las motos, será una herramienta más que busca fortalecer una política preventiva contra los delitos que involucran a motovehículos, ya que hasta el momento no era obligatorio verificar las motos de fabricación nacional menores a 125 cc. Este justamente es el segmento donde mayor cantidad de robos se registra” y ejemplificó: “Solo por dar un dato, en San Juan de todas las motos denunciadas como robadas en lo que va de 2021, el 73% son de 110 cc”.

Hasta la entrada en vigencia de la nueva normativa, era obligatorio verificar en el caso de:

Autos: Inscripción de la transferencia de automotores con una antigüedad mayor a DOS (2) años y menor a DOCE (12) años. La antigüedad se calculará a partir del 1° de enero del año en que el automotor fue inscripto inicialmente.

Motos de fabricación nacional: A partir de 1º enero 2005 y sólo aquellas de más de 125 cc.

Entre los considerandos de la nueva normativa nacional se esgrimen los siguientes:

  • “Que las inquietudes manifestadas por los diversos actores involucrados en el proceso de registración, así como la reducción de la cantidad de vehículos verificados de forma voluntaria dan cuenta de un eventual riesgo de la seguridad jurídica que brinda el sistema registral del automotor”.
  • “Que, así las cosas, este ordenamiento permitirá alcanzar, de manera más acabada, los estándares de seguridad jurídica que el Sistema Registral de Automotores debe brindarle al ciudadano”.

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