La resolución ordena suspender las bajas y restituir las pensiones no contributivas por invalidez laboral que habían sido interrumpidas, asegurando la continuidad de un derecho que es esencial para la vida, la salud y la dignidad de quienes dependen de estos beneficios.
De esta manera el amparo colectivo presentado en la provincia de San Juan, se extendió a todo el territorio argentino, reflejando la trascendencia de una acción institucional.
“Este fallo reafirma un principio fundamental: los derechos no se quitan, se protegen. Nuestra misión es garantizar que el Estado esté presente donde más se necesita, y esta medida es una respuesta concreta a esa obligación”, expresó Peñaloza.
El amparo colectivo fue impulsado por la Defensoría del Pueblo de San Juan tras detectar situaciones que vulneraban los derechos de los sanjuaninos y sanjuaninas con discapacidad. La acción judicial buscó preservar el acceso a la seguridad social y evitar daños irreparables en las condiciones de vida de las personas afectadas.
“Cada una de estas pensiones representa mucho más que un beneficio económico: es la posibilidad de acceder a tratamientos, medicamentos y una vida con autonomía y dignidad. Por eso actuamos con la urgencia que la situación demandaba”, señaló la Defensora.
El fallo constituye un precedente importante en materia de derechos sociales, al reconocer el carácter alimentario de las pensiones y la obligación del Estado de garantizar su continuidad. Además, destaca el valor de las instituciones que actúan de manera activa para prevenir y reparar injusticias, especialmente en defensa de los sectores más vulnerables.