La investigación determinó que Pereyra incurrió en el delito de homicidio culposo agravado por conducción imprudente de un vehículo con motor, contemplando tres agravantes: conducir bajo los efectos de drogas, actuar con culpa temeraria y provocar más de una víctima fatal.
El siniestro dejó como saldo la muerte de Juan Alberto Torres Figueroa, de 31 años, quien conducía un Volkswagen Gol Power, y de Mirko Aballay Allende, de 23 años, acompañante del propio Pereyra en la camioneta Toyota Hilux. Además, resultaron heridos el condenado y Vanesa Ahumada, quien viajaba en el automóvil.
Uno de los elementos centrales del debate fueron los estudios toxicológicos realizados tras el choque, los cuales confirmaron la presencia de cocaína en el organismo del conductor. Para la Fiscalía, esa condición fue determinante en la secuencia que derivó en el desenlace fatal.
A lo largo de las audiencias declararon peritos, policías y testigos vinculados a la investigación. La acusación remarcó que no se trató de un accidente de tránsito común, sino de una conducta caracterizada por un elevado grado de irresponsabilidad y un marcado desprecio por las normas básicas de seguridad vial.
La defensa, representada por los abogados Marcelo Fernández Valdez y Nadia Derka, cuestionó distintos aspectos de la acusación durante el proceso, aunque finalmente el tribunal resolvió condenar al acusado.
Si bien la pena impuesta fue inferior a los cinco años de prisión y diez de inhabilitación solicitados por la Fiscalía, la resolución representa una primera respuesta judicial para las familias de las víctimas, que aguardaban el fallo desde la tragedia ocurrida a comienzos de 2025.