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Condenaron a un hombre por amenazar a su expareja con videos sexuales

Ignacio Antonio Saavedra fue condenado a seis meses de prisión de cumplimiento efectivo. Dicha pena fue unificada con una condena anterior quedando establecida una pena única de ocho años y seis meses de prisión efectiva.

Un hombre fue condenado por el delito de amenazas simples tras una investigación llevada adelante por la Fiscalía, a partir de una denuncia realizada por Facundo Ricardo Loyola, quien recibió mensajes intimidantes a través de la aplicación WhatsApp.

El hecho ocurrió el 25 de octubre de 2025, en horas de la noche, cuando el imputado envió al denunciante una serie de mensajes desde un número telefónico que figuraba con el nombre “Gladys”. Los envíos incluyeron contenido audiovisual de carácter íntimo y mensajes con expresiones amenazantes. Si bien dicho material no pudo ser preservado por el modo de envío utilizado, el denunciante logró realizar capturas de pantalla de los mensajes intimidatorios, las cuales fueron incorporadas a la causa.

Ante la gravedad de la situación, Loyola se comunicó con su hermano, Luis José Loyola, quien vinculó las amenazas con Ignacio Antonio Saavedra, expareja de Dayana Orrego, quien también había mantenido una relación con su hermano. Según consta en la denuncia, durante ese período Saavedra habría proferido amenazas reiteradas para forzar el fin de dicha relación. Además, se determinó que la madre del imputado se llama Gladys, coincidiendo con el nombre que figuraba en el número desde el cual se enviaron los mensajes.

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En ese contexto, la Fiscalía solicitó un allanamiento y el secuestro del teléfono celular desde el cual se emitieron las amenazas. El procedimiento fue positivo, ya que el número hallado en el domicilio del imputado coincidió con el utilizado para enviar los mensajes.

La causa fue caratulada como Amenazas Simples, conforme al artículo 149 bis, primer párrafo del Código Penal, en calidad de autor material. El 19 de diciembre de 2025, se llevó a cabo un juicio abreviado, en el cual la Fiscalía y la Defensa arribaron a un acuerdo, que fue homologado por el juez de Garantías Dr. Mariano Carrera.

Como resultado, Ignacio Antonio Saavedra fue condenado a seis meses de prisión de cumplimiento efectivo. Dicha pena fue unificada con una condena anterior dictada el 13 de marzo de 2025 por el Tribunal Oral Federal de San Juan, quedando establecida una pena única de ocho años y seis meses de prisión efectiva. Asimismo, se declaró la reincidencia del condenado.

El magistrado dispuso además la prisión preventiva hasta que la sentencia quede firme y ordenó que el cumplimiento de la pena se realice bajo la modalidad de prisión domiciliaria, en una vivienda ubicada en el departamento 25 de Mayo, con la colocación de un dispositivo electrónico de monitoreo, mientras se realizan controles periódicos por parte de la policía jurisdiccional.