“El fallo es reciente y, si bien es un avenimiento, entendemos que como fue producto de un acuerdo no se va a recurrir por ninguna de las partes, pero lo cierto es que aún no está firme”, agregaron.
Aunque existe un antecedente en la Justicia de Córdoba por un fallo similar en que se condenó a un hombre por el delito de “lesiones”, la diferencia con esta última condena es que fue por el contagio.
La denuncia de la víctima
La mujer decidió denunciar a su ex luego de que la infección por el contagio le provocara una “trombosis que se transformó en una necrosis de por vida, en las venas ilíaca y femoral y una edematización, también permanente, de su pierna izquierda”, explicó Noticias Argentinas.
“La relación de pareja con la víctima se mantuvo entre los años 2011 y 2016, lapso en el cual mantuvieron relaciones sexuales sin ningún tipo de profilaxis para evitar la transmisión de enfermedades, evidenciando que el hombre no tomó recaudo alguno para impedir su contagio por transmisión sexual”, explicó el fallo.
La Fiscalía PCyF Nº 36 especializada en violencia de género, a cargo del doctor Adrián Dávila, lo imputó por el delito de contagio de una enfermedad de transmisión sexual, junto a lesiones graves y gravísimas, agravadas por el vínculo y el género.
Tras el acuerdo de avenimiento homologado por la jueza Fernanda Botana, del juzgado N°5, se lo condenó a la pena de tres años en suspenso y a pagarle la suma de 40 mil dólares.
FUENTE: TN