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Ruta del dinero K: le bajaron la condena a Lázaro Báez

Los jueces Mariano Borinsky, Javier Carbajo y Angela Ledesma decidieron además absolver a las hijas del empresario.

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación, máximo tribunal penal, redujo dos años la condena de prisión dictada contra el empresario Lázaro Báez, que pasó de doce años a diez en la causa es la popularmente conocida como “La ruta del dinero K”.

Los jueces ratificaron en su fallo que existió un lavado de 55 millones de dólares y confirmó decomisos por 65 millones, pero en una decisión dividida, los camaristas Mariano Borinsky y Ángela Ledesma dijeron que el dinero lavado provenía de hechos de evasión por los que fue condenado Báez y que era “inconducente” analizar si debía considerarse también como delito precedente la corrupción en la obra pública juzgada en Vialidad, el caso en el que se condenó a Cristina Kirchner. En disidencia votó en este punto el otro juez del tribunal, Javier Carbajo.

Recientemente, Cristina Kirchner fue condenada a seis años de prisión por la obra pública entregada a Lázaro Báez. En ese debate, Báez también fue sentenciado a la misma pena. Los fundamentos de ese fallo se conocerán el 9 de marzo próximo.

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La decisión sobre la causa de la ruta del dinero k fue tomada por la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los doctores Mariano Hernán Borinsky –Presidente del Tribunal-, Javier Carbajo y Angela E. Ledesma, en una sentencia de 1.000 fojas y 20 audiencias celebradas durante el año pasado. Borinsky y Ledesma hicieron el voto mayoritario, contra el criterio de Carbajo que entendía que había que confirmar la resolución del TOF 4 tras la investigación que llevó adelante el juez Sebastián Casanello.

¿Cómo quedan las condenas en la causa de la ruta del dinero K?

Casación dispuso que las condenas quedaran en diez (10) años para Lázaro Antonio Báez, seis (6) años y seis (6) meses para Martín Antonio Báez, seis (6) años para Jorge Oscar Chueco y Rodolfo Daniel Pérez Gadín, cinco (5) años para Julio Enrique Mendoza, tres (3) años y seis (6) mes para Jorge Leonardo Fariña, cuatro (4) años y seis (6) meses para Juan Alberto De Rasis, César Gustavo Fernández, Fabián Virgilio Rossi, Eduardo Guillermo Castro, tres (3) años de ejecución en suspenso para Federico Elaskar, Claudio Fernando Bustos, Alejandro Ons Costa, Martín Andrés Eraso y Leandro Antonio Báez, y dos (2) años y seis (6) meses para Walter Feliciano Zanzot; todos ellos, por sus correspondientes responsabilidades a raíz de las distintas intervenciones que tuvieron.

A los primeros seis de los imputados nombrados, se los consideró coautores del delito de lavado de activos agravado establecido en el art. 301, inc. 2°, ap. “a” del C.P., a los cuatro siguientes se los meritó como partícipes necesarios, mientras que a los últimos partícipes necesarios y secundarios –respectivamente- del delito de lavado simple previsto en el art. 303, inc. 1° del C.P. También se ratificaron las condenas de Carlos Juan Molinari a tres (3) años y seis (6) meses, y de Daniel Alejandro Bryn a dos (2) años de prisión, como autores del delito de lavado de activos (art. 278, inc. “a” -según ley 25.246- del C.P.) por otros hechos de lavado.

FUENTE: A24