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Caso Lucía: pidieron la liberación del menor imputado

La defensa del menor imputado por la muerte de Lucía Rubiño denunció grave riesgo de seguridad psicofísica del adolescente en el Nazario Benavidez.

En el marco de la causa por la muerte de Lucía Rubiño, la adolescente de 16 años que falleció tras ser atropellada por un auto que conducía un joven de 17 años en el barrio Profesional, la defensa hizo una presentación ante la jueza María Julia Camus.

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Según informaron fuentes judiciales, el abogado defensor del menor, Nasser Uzair, denunció “grave riesgo de seguridad psicofísica” para el joven que está cumpliendo el plazo de 60 días alojado en el Nazario Benavidez. Por esto, pidió que su defendido sea liberado y que, en todo caso, sea controlado con pulsera electrónica.

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En el texto al que tuvo acceso este medio, pidió que, de forma urgente, se arbitren los medios y mecanismos legales para resguardar la salud psicofísica ante el peligro de grave daño a la salud y su vida. Esto fundado en que su compañero de celda en el Nazario, espacio que en las noches se cierra con candado la puerta reja, es mayor de 18 años, está imputado por doble homicidio, es adicto a estupefacientes y lo insultó, amenazó y agredió con un cenicero de madera, provocándole una herida cortante en uno de sus brazos.

Por resguardo, personal del servicio lo llevo a otro pabellón, mientras tanto el mayor le decía que se iba a escapar a incendiar la celda en la que se encontraba, según lo denunciado, sin embargo, se escapó y personal de la guardia lo atrapó. Pese a esto, el texto especificó que, ante la falta de pabellones, lo volvieron a colocar en la misma celda que su agresor.

“Acreditado el grave peligro que corre el menor, con su correspondiente riesgo de muerte o grave daño a su salud, solicito que se modifiquen las condiciones de encierro y privación de libertad que pesa sobre “el menor”, otorgando urgente cambio de morigeración menos gravosa, disponiendo su inmediata libertad de su lugar de detención, o en su caso, quedando bajo el control remoto de los dispositivos que hoy cuenta el Ministerio de Gobierno, mediante pulseras electrónicas con geoposicionamiento”. Este pedido hecho bajo la afirmación de que con esta morigeración “no existen peligros procesales que hagan presuponer que podrá entorpecer el proceso judicial, de hecho, toda la prueba puede producirse sin que pueda existir la más mínima interferencia, ni mucho menos se profugaría, cuando “el menor” está cumpliendo con los reglamentos de su detención, no tiene antecedentes algunos ni mucho menos, causas judiciales abiertas”, detalló el texto presentado.

En este contexto, el defensor solicitó a la jueza del Segundo Juzgado de Menores, María Julia Camus, que haga lugar “de forma urgente por el peligro denunciado ut supra a lo peticionado”.

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Por otro lado, la denuncia presentada ante la jueza hizo hincapié en la diferencia de delitos que se le imputó al otro acusado de la causa, Juan Pablo Echegaray, con respecto a su defendido, que tiene una calificación más gravosa. “El mayor Juan Pablo Echegaray fue imputado por este mismo hecho en el sistema acusatorio penal de mayores, donde su calificación legal impuesta es la de homicidio culposo, en cuyo caso, resulta aplicable conforme lo determina la norma art. 485, último párrafo de CPP, aplicable a menores de edad, determina que las decisiones de la justicia penal de la niñez y adolescencia no podrán ser más gravosas que el tipo penal imputado a un adulto, al igual que las medidas de coerción de la libertad, las que al mayor imputado no se le impusieron, pudieron transitar el proceso en libertad”.

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