"
San Juan 8 > Policiales > anciano

Atropelló y mató a un anciano que iba a misa y fue condenado pero sin carcél

Jorge Alberto Alcayaga fue condenado a dos años de prisión condicional y cinco años de inhabilitación para conducir por el homicidio culposo de Horacio Lucero, de 80 años, ocurrido el 2 de enero en inmediaciones de plaza La Jorobita.

La Justicia sanjuanina condenó este lunes a Jorge Alberto Alcayaga a dos años de prisión de cumplimiento condicional y cinco años de inhabilitación para conducir, por el delito de homicidio culposo en el marco del siniestro vial que el 2 de enero de 2026 le costó la vida a Horacio Lucero, un jubilado de 80 años.

Lucero era vecino de la zona de plaza Hipólito Yrigoyen, más conocida como "La Jorobita". Esa mañana, como tenía por costumbre, salió de su casa con destino a la misa en la Iglesia Catedral. Al cruzar la calle hacia el espacio verde, fue embestido por un automóvil Honda conducido por Alcayaga. En horas de la noche, falleció a causa de las heridas sufridas. Fue la primera víctima fatal por siniestro vial en San Juan en 2026.

El ayudante fiscal Emiliano Pugliese reconstruyó la mecánica del hecho: "Fue embestido violentamente cuando cruzó la calle. El señor Alcayaga lo embistió con la parte frontal y provocó que el peatón quedara montado sobre el vehículo, impactara su cabeza contra el parabrisas y saliera despedido hacia la calle", detalló.

Te puede interesar...

image

Sobre las condiciones del lugar, Pugliese indicó que "la esquina cuenta con semáforos, estaban funcionando y había luz natural. No hay senda peatonal pintada ni cámaras de seguridad pública. El conductor venía en el único sentido de calle Brasil y tenía el sol en contra". Además, señaló que "la mecánica indica que fue un embestimiento y a partir del punto de impacto se registra la huella de frenadas, lo que indica que el conductor frenó cuando ya había embestido al peatón".

image

En cuanto al marco legal, el ayudante fiscal explicó que la Ley Nacional de Tránsito, en su artículo 64, establece que "los peatones gozan del beneficio de la duda y de todas las presunciones a su favor, salvo culpa grave". Según Pugliese, una falta grave sería, por ejemplo, cruzar por una autopista o una ruta en un lugar no habilitado, situación que no se verificó en este caso.

La pena de cumplimiento condicional implica que Alcayaga no ingresará a prisión, siempre que cumpla con las condiciones impuestas por la Justicia durante el período establecido.