En el oficialismo apelan al “impacto fiscal” de la medida y recurren al artículo 38 de la Ley Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, que establece que “toda ley que autorice gastos no previstos en el presupuesto general deberá especificar las fuentes de los recursos a utilizar para su financiamiento”.
El Gobierno mantiene además la postura de que la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional es la “herramienta primordial para el ordenamiento y planificación del accionar gubernamental” e insiste en que es atribución de Nación fijar el presupuesto general de gastos junto al cálculo de recursos de la administración.
El Ejecutivo asegura que descartó recurrir a la Corte Suprema bajo el argumento de que la autoconvocatoria de Senado es ilegal y de que lo aprobado durante la sesión del no tiene validez. Fue una de las opciones que estudió el oficialismo, que consistía en escudarse en el artículo 32 del reglamento de la Cámara Alta, que fija la convocatoria de sesiones ordinarias, especiales y extraordinarias entre las atribuciones del Presidente.
La Casa Rosada no impulsará por el momento un aumento en las prestaciones de discapacidad más allá de que el vocero presidencial, Manuel Adorni, anunció que lo estaban considerando en medio de la votación por el rechazo al veto en la Cámara de Diputados. “Hasta que no se defina el frente judicial, no va a haber ningún aumento”, agregan.
Según el abogado constitucionalista, Marceló Bermolén, la única forma de que se haga la suspensión de la ley es a través de un decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), al que califica de “altamente judicializable”. “Van a ganar tiempo porque es probable que diferentes jueces fallen de forma distinta ante demandas particulares y deba intervenir la cámara. Si ellos hacían la denuncia desde el Estado y se las desestimaban, quedaban en obligación de aplicar la ley”, expresó.