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Inscripción en el Registro Nacional de Clubes de Barrio y de Pueblo, a cargo de la Subsecretaría de Deportes de la Nación.
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Validación e inscripción en el Registro de Beneficiarios - Clubes de Barrio Res. SE 992/21, bajo la órbita de la Secretaría de Energía.
Los clubes que actualmente reciben subsidios cuentan con 90 días para solicitar el reempadronamiento a través del nuevo sistema TAD y así mantener el beneficio.
Para ser considerados Club de Barrio y de Pueblo, las instituciones deben cumplir los requisitos establecidos por la Ley Nacional N° 27.098:
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Ser asociaciones civiles sin fines de lucro.
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Poseer personería jurídica vigente en Argentina.
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Tener una antigüedad mínima de tres años.
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Contar con entre 50 y 2.000 socios.
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Desarrollar actividades deportivas no profesionales y facilitar instalaciones para educación no formal y fomento cultural.
En San Juan, EPRE, como Unidad Operativa de Implementación, coordinará con la Secretaría de Deportes provincial para comunicar a la Secretaría de Energía de la Nación el listado de clubes aprobados. Las empresas distribuidoras Naturgy San Juan S.A. y D.E.C.S.A. aplicarán la tarifa diferencial a los clubes que figuren en dicho listado.
Con esta medida, el Gobierno busca garantizar la continuidad del beneficio energético y facilitar la organización y planificación de los clubes comunitarios en todo el país.