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La Justicia ordenó restituir la pensión de privilegio de Cristina Kirchner

La Cámara de la Seguridad Social negó llevar el caso a la Corte y confirmó una cautelar que restituye el cobro de una prestación a la exmandataria.

La Justicia volvió a pronunciarse en la disputa por los haberes de Cristina Kirchner y rechazó un recurso de la ANSES, dejando firme la decisión que ordena restituir la pensión de privilegio que percibe la expresidenta.

La resolución fue adoptada por la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social, que desestimó el recurso extraordinario federal presentado por el organismo previsional. La decisión fue informada oficialmente por el Ministerio de Capital Humano, que además anticipó que llevará el caso a la Corte Suprema mediante un recurso de queja.

“En el día de la fecha la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social rechazó el recurso extraordinario federal que había presentado la Anses contra la medida cautelar judicial que había ordenado que se le pague la pensión a Cristina Kirchner”, señaló el comunicado difundido por la cartera.

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En ese mismo texto, el Gobierno confirmó su próxima instancia judicial: “interpondrá recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación”.

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El conflicto se originó a fines de 2024, cuando la ANSES, a través de la Resolución 1092, resolvió dar de baja dos beneficios que percibía la exmandataria: la pensión como viuda del expresidente Néstor Kirchner y la jubilación correspondiente a su paso por la Presidencia de la Nación. La medida se adoptó tras la confirmación de la condena en la causa Vialidad.

Meses después, el Gobierno había intentado revertir una decisión previa de la misma Cámara que ordenaba restituir la asignación mensual vitalicia. En aquel planteo, el Ministerio de Capital Humano sostuvo que “la decisión recurrida afecta el principio de legalidad y altera el alcance de disposiciones expresas del ordenamiento jurídico”, y argumentó la existencia de una “prohibición expresa del derecho al cobro, ante la condena e inhabilitación absoluta” de la exmandataria.

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La cartera también había cuestionado que no existía el “alegado derecho alimentario afectado” y consideró que el fallo implicaba una “manifiesta errónea aplicación del derecho”.

Sin embargo, la Cámara ya había intervenido previamente al hacer lugar a la presentación de Cristina Kirchner y suspender la baja de la pensión. En esa resolución, los jueces Juan Fantini Albarenque y Sebastián Russo coincidieron en la restitución del beneficio, mientras que la jueza Nora Dorado no participó por encontrarse de licencia.

El tribunal sostuvo además que la ANSES no podía dar de baja la prestación, sino únicamente suspenderla, y cuestionó que el organismo hubiera eliminado ambos beneficios “por cuestiones de honor”.