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La Corte Suprema revocó la absolución de Milani por la desaparición del soldado Ledo

El Máximo Tribunal hizo lugar al dictamen de la Procuración y devolvió el expediente a Casación: no estaba justificada la duda sobre el exjefe del Ejército, acusado de firmar un sumario falso en 1976.

La Corte Suprema de Justicia dejó sin efecto la absolución de César Milani, exjefe del Ejército durante el gobierno de Cristina Kirchner, por el presunto encubrimiento de la desaparición del soldado conscripto Alberto Agapito Ledo, ocurrida en 1976 en Tucumán.

El fallo, firmado por Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Juan Ignacio Pérez Curci —con voto concurrente de Luis Rabbi Baldi Cabanillas y la disidencia de Carlos Rosenkrantz—, dispuso que el expediente vuelva a la Cámara Federal de Casación Penal.

Ledo tenía 20 años, estudiaba historia, colaboraba con el obispo Enrique Angelelli y militaba en el Partido Revolucionario de los Trabajadores (PRT). Cumplía el Servicio Militar Obligatorio en el Batallón de Ingenieros de Construcciones 141 de La Rioja cuando, el 17 de junio de 1976, fue sacado de su cama en el campamento de Monteros.

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Según testimonios, fue visto por última vez como detenido en el Arsenal Miguel Azcuénaga. Por ese caso se condenó al capitán Esteban Sanguinetti, y a Milani —entonces subteniente de 21 años— se le imputó haber instruido un sumario por deserción falso que encubrió el secuestro.

En diciembre de 2019, el Tribunal Oral Federal de Tucumán absolvió a Milani por el beneficio de la duda y condenó a Sanguinetti a 14 años de prisión por privación ilegítima de la libertad y homicidio agravado, delitos de lesa humanidad.

Dos años después, la Casación Penal confirmó la absolución, pero la Procuración General cuestionó esa decisión y el expediente permaneció más de cuatro años en la Corte, que este martes hizo lugar a sus argumentos.

El Máximo Tribunal consideró que los jueces inferiores omitieron valorar exhaustivamente las circunstancias comprobadas de la causa: el propio imputado reconoció públicamente que la firma en el acta era suya, y no podía desconocer el destino de Ledo, cuyas pertenencias —incluso sus anteojos— quedaron en el campamento.

En su voto concurrente, Rabbi Baldi Cabanillas sostuvo que la absolución fue arbitraria porque se rechazó el peritaje caligráfico solicitado por el Ministerio Público Fiscal y se analizó "en abstracto" el papel de Milani.

En disidencia, Rosenkrantz afirmó que no se lograron refutar los argumentos del fallo apelado y que la firma no estaba probada. "El horrible crimen contra Ledo ocurrió en el marco de la represión ilegal, pero no todo lo ocurrido entonces es el producto del obrar de todos los hombres de armas", escribió, al recordar que Milani tenía el grado más bajo del escalafón y apenas dos meses en la unidad.

Durante el juicio, Milani negó haber conocido al soldado. "A Ledo nunca lo vi en mi vida", declaró, y aseguró que "se usaron acusaciones falsas para hacerle daño al Ejército Argentino". La decisión no lo condena ni lo declara responsable, pero anula su absolución. El militar tiene 71 años y, en caso de ser condenado, podría pedir el arresto domiciliario. Además, es la segunda vez que la Corte interviene en su contra, tras la causa por enriquecimiento ilícito.