Tras la exposición de los elementos de prueba, el cabo Gustavo Coria fue imputado por hurto simple agravado en su pena por ser funcionario policial, por los art. 162 y art. 163 bis. Estos artículos prevén una pena de prisión de un mes a dos años, al que se apoderare ilegítimamente de una cosa mueble, total o parcialmente ajena; y, la pena se aumentará en un tercio en su mínimo y en su máximo, cuando quien ejecutare el delito fuere miembro integrante de las fuerzas de seguridad, policiales o del servicio penitenciario. En el caso de que este caso llegue a juicio, es probable que el imputado no quede preso, pero si puede verse afectada su continuidad dentro de la Fuerza Policial.
Finalmente, el magistrado resolvió 6 meses de investigación penal preparatoria y, si bien quedó libre, durante ese plazo deberá cumplir medidas de coerción para no entorpecer la investigación, como presentarse en la Comisaría jurisdiccional y no tener contacto con los testigos de la causa.
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