En un documento de 13 páginas, los camaristas Castiñeira de Dios, Manuel Pizarro y Juan Ignacio Pérez Curci ordenaron “exhortar a la República Bolivariana de Venezuela a que, a través de las autoridades correspondientes, informen de modo inmediato el paradero del Sr. Nahuel Agustín Gallo (...) los motivos de su detención y a disposición de qué autoridad judicial competente se encuentra”.
La Cámara ordenó también “instar a las autoridades judiciales de la República Bolivariana de Venezuela a presentar física o telemáticamente al Sr. Nahuel Agustín Gallo” ante las autoridad que designe la Cancillería Argentina “con el fin de ser asesorado” y se facilite el contacto con sus familiares.
“Nosotros antes de resolver emitimos un oficio a Interpol, emitimos oficio a Cancillería para ver en qué situaciones estaba, qué se podía informar. No hay ningún dato, no hay respuesta de ninguna manera. Es más, no sabemos si está vivo”, subrayó Castiñeira de Dios.
El juez sostuvo que la posición del gobierno de Venezuela “es insostenible jurídicamente ante cualquier organismo de derechos humanos”.
“El primer derecho humano esencial reconocido por todos los tratados internacionales es el derecho a la vida y a la libertad. Tener a una persona detenida, sin saber en qué condiciones está, sin contacto con su familia, es una violación flagrante de derechos fundamentales”, enfatizó.
FUENTE: TN