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El 9 de marzo de conocerán los fundamentos en el jucio Vialidad

En la causa, la vicepresidenta Cristina Fernández, fue condenada a 6 años de prisión e inhabilitación para ocupar cargos públicos de por vida.

Esta semana comenzará una nueva etapa en el juicio Vialidad, cuando el 9 de marzo el Tribunal Oral Federal 2 publique los fundamentos del fallo que condenó a Cristina Fernández de Kirchner a 6 años de prisión, con inhabilitación perpetua para ocupar cargos públicos, por el delito de administración fraudulenta, y, al mismo tiempo, la absolvió como jefa de una asociación ilícita.

A partir de ese momento, podrán iniciarse los trámites de revisión de una sentencia que aún no está firme, y que según estimaron fuentes judiciales no alcanzaría esa condición “ni este año ni el que viene”.

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Los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso, deberán explicar por qué concluyeron que la vicepresidenta obtuvo beneficios económicos producto de la tramitación de 51 procesos de licitación pública, que fueron adjudicados a las empresas del Grupo Austral, para la construcción de obras viales en la provincia de Santa Cruz.

En esta misma causa, también fueron condenados el empresario Lázaro Báez (6 años de prisión), el ex secretario de Obras Públicas de la Nación, José López (6 años); los ex funcionarios de Vialidad, Nelson Periotti (6 años), Mauricio Collareda (4 años), Juan Carlos Villafañe (5 años), Raúl Daruich (3 años y 6 meses), Raúl Gilberto Pavesi (4 años y 6 meses), y José Raúl Santibáñez (4 años).

Por su lado, resultaron absueltos por insuficiencia de pruebas el exministro de Planificación Federal, Julio De Vido; el exsubsecretario de obras públicas, Abel Fatala; el expresidente de Vialidad Santa Cruz, Héctor Garro; y el exsecretario de Coordinación de Obra Pública Federal, Carlos Kirchner.

Los argumentos que exponga el TOF 2 sobre la decisión del 6 de diciembre del año pasado, habilitarán a los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola, y a los abogados defensores de todos los imputados, a recurrir ante la Cámara de Casación Federal para que examine el fallo.

Cuando se conoció la sentencia, el Tribunal Oral anticipó que “las obras viales licitadas en Santa Cruz fueron sistemáticamente adjudicadas a un grupo de empresas vinculadas al imputado Lázaro Antonio Báez, grupo cuya conformación y crecimiento económico exponencial se vio directamente asociado con la asignación de obra pública vial”.

En el mismo sentido, indicó que los funcionarios de Vialidad operaron “detrás de una apariencia de licitud, una sincronizada y unívoca disposición del aparato estatal enderezado a la consumación del delito”.

Los jueces consideraron que durante las audiencias del juicio oral quedaron en evidencia “vínculos promiscuos y corruptos entre funcionarios de la administración pública (nacional y provincial)”.

Sobre la acusación contra la expresidenta, advirtieron que existió un plan criminal del que obtuvo beneficios económicos producto del delito, además de verificar sus “llamativos y groseros aportes personales en la estrategia criminal, particularmente en su etapa conclusiva (año 2015)”.

Con respecto a la acusación por la supuesta integración de una asociación ilícita, firmaron en posiciones divididas. Por un lado, Gorini y Rodríguez Uriburu no encontraron configurado el requisito típico de la pluralidad de delitos que debería incluir. Mientras que, Andrés Basso consideró que sí pudo comprobarse a través de la prueba producida en el juicio.

¿Cómo será el proceso de revisión del fallo?

Durante los meses de enero, febrero, y los primeros días de marzo, el Tribunal Oral Federal 2 trabajó en la redacción de los fundamentos del fallo que condenó a Cristina Fernández de Kirchner en el juicio Vialidad.

En ese documento, que se presume será muy extenso, los jueces deberán justificar por qué condenaron sólo a 9 de los imputados por defraudación, y descartaron la asociación ilícita; por qué aplicaron como sanción la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, y cómo calcularon los 85 mil millones de pesos que los acusados deberían reponer al Estado.

Fuentes del Ministerio Público Fiscal (MPF) le recordaron a A24.com que tanto la vicepresidenta como el resto de los imputados, deben ser considerados inocentes hasta que una sentencia firme demuestre lo contrario.

Asimismo, rechazaron los cruces por supuesta “inhabilitación política” o “proscripción” de Cristina Kirchner. Destacaron que todo dependerá del proceso de revisión, que se iniciará a partir del 9M, primero en la Cámara de Casación Federal, y luego ante la Corte Suprema.

Una vez difundidos los fundamentos de la sentencia, las partes tendrán 10 días hábiles para recurrir las decisiones con las que no estén de acuerdo. Ese plazo podría prorrogarse por 10 días más.

El fiscal Diego Luciani anticipó que reclamará que se revise la absolución del delito de asociación ilícita, pues lo considera comprobado.

Por su parte, las defensas de Cristina Fernández de Kirchner, Lázaro Báez y del resto de los ex funcionarios condenados, se preparan para recurrir en la justicia nacional y ante los tribunales internacionales, tomados en cuenta por la Constitución.

Luego, el TOF 2 evaluará si los reclamos son admisibles y definirá si los manda a Casación, donde el asunto será revisado por la Sala IV, integrada por los jueces Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Javier Carbajo.

En tanto se complete el período denominado de “oficina”, tanto fiscales como defensores podrán contestar los argumentos de todas las partes.

Transcurrido ese plazo, Casación fijará fecha de audiencia pública para que presenten personalmente, o a través de “breves notas”, las posturas finales sobre toda la vía recursiva. Los jueces podrán tomarse hasta 20 días hábiles para resolver.

Este capítulo procesal podría finalizar en mayo o junio, a menos que surjan -por ejemplo- pedidos de recusación contra los magistrados, pues, recordemos, que tanto Borinsky y Hornos fueron cuestionados por sus visitas al expresidente Mauricio Macri durante la gestión de Cambiemos.

En este sentido, en Tribunales suelen repetir que “los plazos son ordenatorios, no obligatorios”, por lo que es posible que los tiempos se extiendan.

Tal es el caso de la respuesta de los jueces de Casación en otras dos causas que involucran a la expresidenta. Se trata de las apelaciones a los sobreseimientos de Cristina Fernández de Kirchner y otros acusados en los expedientes Memorándum con Irán, y Los Sauces y Hotesur.

En ambos casos, la encargada de resolver es la Sala I de Casación, integrada por los jueces Diego Barroetaveña, Ana María Figueroa y Daniel Petrone.

FUENTE: A24