Los ciudadanos habilitados para votar en las elecciones presidenciales de este domingo deberán presentarse con el ejemplar del documento de identidad que figura en el padrón o bien con uno más nuevo, además de consultar el padrón antes de concurrir al comicio para agilizar el mismo, según recomendaron las autoridades electorales.
Los documentos habilitados para votar son Libreta de enrolamiento/libreta cívica; DNI Libreta verde; DNI libreta celeste; Tarjeta del DNI libreta celeste y el DNI tarjeta.
Según la Cámara Electoral "es condición necesaria figurar en el padrón electoral y acreditar la identidad ante las autoridades de mesa" en el momento de emitir el voto.
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De acuerdo al organismo, el DNI versión virtual que figura en la aplicación Mi Argentina no estará permitido para emitir el sufragio. Si bien este documento cuenta con los mismos datos que el DNI tarjeta, no lo reemplaza y tampoco permite viajar fuera del país.
Los ausentes
En tanto, quienes se ausenten y no emitan su voto tendrán que justificar su inasistencia ante la Secretaría Electoral que le corresponde dentro de los 60 días posteriores de la elección para no quedar inscripto en el Registro Nacional de Infractores al Deber de Votar.
Quienes no justifiquen su inasistencia en las urnas no podrán ser designadas o designados para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección.
En tanto, quien no pague la multa no podrá realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante un año.
Aquellas personas que no puedan asistir al establecimiento el día de la votación deben concurrir con su documento a la comisaría más próxima del lugar en el que se encuentre y pedir una certificación escrita que justifique la imposibilidad de votar.
Ese certificado debe presentarse dentro de los 60 días de celebrada la elección ante el Juzgado Federal con competencia electoral del distrito que le corresponda.