El fallo también describe un segundo hecho de características similares. En este caso, ex Puma volvió a interceptar a su exesposa cuando intentaba retirarse del lugar, restringiendo nuevamente su libertad ambulatoria. Para el tribunal, esas conductas encuadran en el delito de privación ilegítima de la libertad agravada por el vínculo, debido a que entre ambos existía una relación matrimonial vigente.
En su resolución, el magistrado remarcó que los hechos denunciados no podían analizarse de manera aislada, sino en el contexto de "una misma dinámica vincular atravesada por violencia física, intimidación y control". A partir de esa valoración, concluyó que estaban reunidos los elementos necesarios para sostener la imputación penal, tanto en su aspecto objetivo como subjetivo.
El fallo también incorporó jurisprudencia nacional y tratados internacionales vinculados a la violencia de género, especialmente la Convención de Belém do Pará. En ese marco, recordó que toda acción u omisión que provoque sufrimiento físico, psicológico o afecte la autonomía de una mujer por razones de género constituye una forma de violencia.
El caso tomó estado público cuatro meses después de que Pombo anunciara su separación de Albacete, con quien se había casado en junio de 2024. En ese contexto, la modelo decidió exponer públicamente los motivos de la ruptura y avanzar con una denuncia judicial contra el exdeportista.