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¿Cuáles son los pasos a seguir para elegir al sucesor de Mario Díaz?

La Cámara de Diputados debe aceptar la renuncia y luego es el Consejo de la Magistratura el órgano que debe presentar una terna con los candidatos. Son los legisladores sanjuaninos quienes definirán el sucesor.

Según indica la Constitución de la provincia, en la úndécima sección, es el Consejo de la Magistratura el órgano que debe presentar una terna con los nombres de los posibles sucesores de Mario Díaz en la Fiscalía de Estado. Es la Cámara de Diputados la que debe, primero aceptar la renuncia de Díaz y luego elegir a quien ocupe su lugar.

Según reza el artículo 263 de la Constitución "el fiscal de Estado es el encargado de defender el patrimonio de la provincia". Además debe participar como "parte legítima y necesaria en los juicios contencioso-administrativos, y en toda controversia judicial en que se afecten intereses de aquel patrimonio".

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Los requisitos para ser fiscal de Estado son los mismos que los que deben cumplir los miembros de la Corte de Justicia.  "Es nombrado por la Cámara de Diputados a propuesta en terna del Consejo de la Magistratura, y no puede ejercer la profesión de abogado mientras desempeñe esta función" indica el artículo 264. El fiscal es "inamovible mientras dure su buena conducta, estando sujeto al juicio político".

Sobre sus deberes, "es quien peticiona ante la Corte de Justicia que se declare la "inconstitucionalidad de toda ley, decreto, ordenanza, carta municipal, resolución o acto administrativo".