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Tribunal ratificó la absolución de un hombre por homicidio agravado

Los jueces de la Cámara de Impugnación rechazaron el recurso presentado por el fiscal Iván Grassi y respaldaron la absolución de Endrizzi, acusado de un crimen ocurrido en diciembre de 2023. El tribunal consideró que la sentencia original no adolece de arbitrariedad y mantiene el principio de duda razonable.

En un fallo que mantuvo en vilo al Poder Judicial de San Juan, los jueces Eduardo Raed, Daniel Guillén y Renato Roca analizaron el recurso de impugnación presentado por el Ministerio Público Fiscal tras la absolución del imputado Endrizzi, acusado de homicidio agravado por criminis causa. Especificamente, se lo acusó de haber ahorcado hasta lograr la asfixia ,del hombre de 79 años que fue encontrado estrangulado en su vivienda en Chimbas, en diciembre del año pasado.

La fiscalía, representada por Iván Grassi, sostuvo que la sentencia estaba “viciada de arbitrariedad”, alegando que el tribunal de primera instancia prescindió de un análisis integral de la prueba, obviando la concordancia y corroboración de indicios y evidencias cruciales. Además, argumentó que se excluyeron pruebas decisivas, como testimonios periciales y otros elementos de convicción fundamentales para sostener la acusación.

Sin embargo, los jueces de la Cámara de Impugnación rechazaron estas afirmaciones y reafirmaron la validez del fallo inicial. Según explicaron, la sentencia “no tiene las características de arbitrariedad en tanto que no se presenta irregular, anómala, carente de fundamentos suficientes para sustentarla, desprovista de todo apoyo legal y fundada tan sólo en la voluntad de los jueces que la suscriben”. Agregaron que el fallo está “debidamente fundado, ha tratado todos los hechos que fueron objeto de la acusación y ha valorado las pruebas de cargo y descargo, manteniendo una coherencia a lo largo de su desarrollo”.

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Los magistrados detallaron además que la absolución se fundamentó en que “las pruebas aportadas por la Fiscalía presentan contradicciones, omisiones y falta de sustento empírico suficiente para destruir el principio de inocencia, concluyendo que persiste un estado de duda razonable que impide condenar”.

El dictamen de la Cámara de Impugnación fue comunicado el 30 de septiembre de 2024. El caso sigue generando expectativa en la comunidad judicial, a la espera de la definición en la instancia superior.