El abogado de la comuna, Sebastián Dávila expresó que ellos entienden que los comerciantes no estarán habilitados a vender este tipo de productos hasta que la magistrada no revea la apelación y se expida por sí o por no. "Hasta el momento hay muchísimas consultas. Hay dudas y muchas personas son las interesadas en poder vender pirotecnia. Pero vamos a esperar para ver qué nos dice la Justicia" dijo el letrado.
Por su parte, Rivadavia perdió toda posibilidad de apelación. Esto es porque no se presentó en tiempo y forma a las instancias previas. Por lo cual deberá permitir que los comerciantes vendan fuegos artificiales para las Fiestas de Fin de Año.
Lea: Declararon inconstitucional la prohibición de vender pirotecnia en Rivadavia y Santa LucíaEn ambos fallos, tanto del IV Juzgado Civil, a cargo de Sergio Rodríguez, como el de Tettamanti, detallan que quedan suspendidos los efectos de las ordenanzas municipales y que, provisionalmente hasta que recaiga sentencia firme, los artificios o elementos pirotécnicos puedan comercializarse y/o distribuirse y ser objeto de tenencia, utilización y exhibición. Sosteniendo que las normativas municipales afectan seriamente la actividad de las que empresas que constituyen la Cámara Argentina de Empresas de Fuegos Artificiales se encuentran debidamente inscriptos ante el Registro Nacional de Armas (RENAR), por lo cual sus productos pirotécnicos reúnen condiciones técnicas y de seguridad.