Vale consignar que había una prórroga hasta el 31 de marzo de 2026 y ahora se extenderá su validez por tres meses, hasta el 30 de junio inclusive.
Las personas con discapacidad, en protección a sus derechos, tienen establecido por la Ley Provincial 814 A en su artículo 22 inciso 10 (D), la posibilidad de viajar en forma gratuita en el transporte público de pasajeros, inclusive con un acompañante -según lo amerite cada caso, lo que debe estar especificado en el CUD-.
El beneficio de la gratuidad es de uso personal e intransferible, y garantiza que las personas con discapacidad, de todas las edades, accedan al traslado hacia el destino que necesiten, es decir, no sólo médico y asistencial, educativo o laboral, inclusive recreativo y social.
En septiembre del 2025, se aplicó en la provincia como válido el uso de la parte inferior del CUD como pase libre de colectivos.