Esa tendencia se consolidó en lo que va de 2025: solo en enero, febrero y marzo se aprobaron 11.565 tenencias, lo que proyecta un año con niveles similares o incluso superiores a los picos recientes.
¿Quiénes acceden a las armas en la Argentina?
Actualmente, quienes cuentan con una Credencial de Legítimo Usuario (CLU) vigente son en su mayoría hombres de entre 31 y 60 años. Entre los hombres, la franja etaria con más CLU vigente es entre 41 y 50 años, con 78.887 usuarios. Le sigue la franja de entre 51 y 60 años (65.976) y la de entre 31 y 40 años (59.448). En cambio, las cifras de mujeres son considerablemente menores.
Las franjas más representadas son las de 41 a 50 años, con 3.714 usuarias, y de 31 a 40 años, con 3.299. Estos datos muestran no solo una fuerte sobre-representación masculina en el acceso legal a armas de fuego, sino también una clara diferencia en magnitudes: por cada mujer con CLU vigente, hay más de 20 hombres.
Qué muestran los datos históricos sobre credenciales de legítimos usuarios de armas
Desde 2016 el número total de personas con CLU, es decir, habilitadas a solicitar la tenencia de armas, venía creciendo de manera lenta pero sostenida. En 2016 había 981.588 credenciales registradas, de las cuales el 63,5% estaban vencidas.
En 2017 el total ascendió a 1.003.850; en 2018, a 1.015.152; en 2019, a 1.027.891; en 2020, a 1.036.552; y en 2021, a 1.060.910.
Este aumento estuvo acompañado por una creciente desactualización del padrón: cada año crece el porcentaje de credenciales vencidas dentro del total registrado, y en todos los años superan el 60%.
¿Qué es la portación de arma y cuántos permisos hay?
A diferencia de la tenencia de armas, el trámite de portación “consiste en el permiso para disponer de un arma de fuego cargada en condiciones de uso inmediato en un lugar público”, explica la ANMaC.
Esto significa que habilita a transportar el arma cargada y lista para ser utilizada. Esto sólo lo pueden obtener los miembros de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, y personas expresamente habilitadas por la ANMaC por riesgo personal.
El Decreto Nº 395/75, que reglamenta la Ley 20.429, detalla los procedimientos y requisitos para la obtención de la portación de armas de fuego. En particular, el artículo 88 establece que el Registro Nacional de Armas podrá autorizar a cualquier legítimo usuario de armas de guerra a portar aquellas cuya tenencia hubiere autorizado cuando existieren fundadas razones de seguridad y defensa. “El otorgamiento de tal autorización deberá considerarse con criterio restrictivo y su vigencia será de un año, renovable si subsisten las causas que la motivaron”, indica el decreto.
Entre junio de 2024 y marzo de 2025, se otorgaron 12.608 portaciones (entre nuevas y renovaciones). En su mayoría (96,2%) son hombres. De las nuevas, el 20% tienen entre 18 y 30 años, y la mayoría tiene entre 41 y 60 años (50%). De las que se renuevan, en su mayoría tienen entre 51 y 60 años. En las mujeres, aunque el porcentaje es muchísimo menor, la tendencia de las edades es la misma.
Se requiere ser legítimo usuario y tener registrada el arma sobre la que se solicita portación, certificado de antecedentes penales, acreditar examen psicofísico y una nota de solicitud que justifique razones de seguridad y defensa por las que se solicita la portación. La portación tiene 12 meses de vigencia y no se renueva automáticamente.