También incluye a productos higiénicos de uso femenino como descartables de uso intravaginal (tampones) y productos higiénicos de uso intravaginal (colectores del flujo menstrual, incluida la copa menstrual),
De esta manera, la importación y el uso posterior de dichos productos “quedan bajo la exclusiva responsabilidad del usuario, quien asume los riesgos y consecuencias que pudieran derivarse de su adquisición y uso”.
"Esta medida se toma con el fin de promover la simplificación de procesos y la eficiencia en la gestión pública, a la vez que se considera oportuno implementar mecanismos de desregulación mediante la simplificación de trámites tendientes a optimizar recursos y agilizar procesos ofreciendo un balance razonable entre la libertad del usuario y la agilidad operativa", informó ANMAT.
De todas maneras, aclaran que "se encuentra prohibida la comercialización y el uso con fines de lucro de los productos que ingresaban bajo estas modalidades".
La decisión se suma a una serie de resoluciones anteriores en el mismo sentido, como la eliminación de aranceles para exportar psicotrópicos y sustancias controladas, y la desregulación en la importación de alimentos para consumo personal.
Anmat: los productos sin regulación
El listado difundido por ANMAT incluye:
Productos cosméticos y domisanitarios de venta libre.
Productos de higiene oral (como pastas dentales y enjuagues bucales).
Pañales descartables para bebés y adultos.
Toallitas femeninas, protectores diarios y absorbentes de leche materna.
Tampones y copas menstruales.