La resolución 3826/2015 de la AFIP, publicada en el Boletín Oficial establece el nuevo régimen de información. Durante el 2014 la Argentina suscribió el Acuerdo Multilateral entre Autoridades Competentes por el cuál se compromete al intercambio automático de información relativo a cuentas financieras de acuerdo a las reglas previstas por la OCDE.La resolución General dispone que se encuentran alcanzadas las instituciones financieras definidas e incluye a las comprendidas en la ley de entidades financieras, como también a agentes registrados ante la Comisión Nacional de Valores (CNV), como los de negociación, liquidación y compensación.Las entidades financieras estarán obligadas a identificar las cuentas preexistentes al 31 de diciembre pasado y las cuentas nuevas, abiertas a partir del enero . Los bancos y entidades financieras deben también brindar información de las cuentas cuya titularidad corresponda a una o más personas, físicas o jurídicas.En el caso de las cuentas preexistentes se deberá informar sobre toda cuenta que al 31 de diciembre excedía el monto de 250.000 dólares y libera de la requisitoria a las que tienen depósitos por menos de cien mil dólares.Fuente: NA