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Violento agresor condenado por golpear a su pareja y no dejarla salir de su casa

Se trata de un hombre de apellido Aramburu, quien deberá pasar 9 meses de prisión efectiva en el Servicio Penitenciario.

Horas atrás, un fiscal de CAVIG (Centro de Abordaje de Violencia Intrafamiliar y de Género) logró que un agresor sea condenado a prisión efectiva. Se trata de Victor Aramburu, quien golpeó a su pareja y la mantuvo cautiva por varios días.

Hechos: la denunciante indicó que el pasado 13 de octubre su pareja VICTOR HUGO ARAMBURU la pasó a buscar por la casa de su hija. Cuando llegó, salió y lo vio muy tomado, pero igual subió al auto para irse. Él comenzó a decirle "PORQUE ESTÁ EL PORTÓN ABIERTO SEGURO QUE HAS ESTADO CU…...", como vio que se puso pesado, le quiso dar la llave y salirse del auto, pero él la tomó del pelo y la sentó en el asiento nuevamente, llegaron a la casa, Aramburu comenzó a agredirla, la tomó de los pelos con ambas manos, la levantó y le comenzó a pegar la cabeza contra la pared de la habitación varias veces, le pegó piñas en la cabeza, en la cara, el pecho y en las piernas y la agredía verbalmente. Ella corrió hasta el comedor y cuando quiso salir estaba la puerta con llave, él le había echado llave, y le dijo "NO TE VAS A IR NINGÚN LADO, PERDONAME, PERO SI ME DENUNCIAS YO ME TENGO QUE MATAR, PERO PRESO NO VOY A IR". Durante los siguientes días él no la dejó salir hasta que el día de la denuncia sus hijos alertado fueron a la casa y comenzaron a ayudarla a sacar sus pertenencias del domicilio, uno de ellos llamó al 911, Aramburu se encerró en el baño, hasta que llegó la policía y lo sacaron esposado.

Calificación jurídica: LESIONES LEVES AGRAVADAS POR EL VINCULO, AMENAZAS SIMPLES, todo ello bajo las reglas del CONCURSO REAL y en calidad de AUTOR (art. 89/92 en función del art. 80 inc. 1º y 11º, 149 bis, 1º párrafo, 1º supuesto, 183, 55 y 45 del CP), en perjuicio de R.F.R.

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Resultado: Condenar a VICTOR HUGO ARAMBURU, DNI: 20.133.020, a la pena de 9 MESES DE PRISIÓN DE CUMPLIMIENTO EFECTIVO por condena condicional anterior unificación de penas resultando la condena en 1 AÑO Y 6 MESES DE PRISIÓN DE CUMPLIMIENTO EFECTIVO y PRISIÓN PREVENTIVA en el SPP hasta que la sentencia quede firme.