Además, la jefa del bloque libertario en la Cámara Alta señaló que el máximo tribunal “aclaró que no falló sobre fondo sino sobre la capacidad de un particular de presentar una cautelar, que aún está en disputa”, y remarcó que “no se habló de constitucionalidad o no del capítulo de tierras del DNU”.
Las declaraciones de Bullrich se produjeron luego de que la Corte Suprema aclarara el alcance de su reciente fallo sobre el régimen de tierras. El máximo tribunal precisó que su decisión se limitó a una cuestión procesal y no implicó un pronunciamiento sobre la validez constitucional del artículo 154 del DNU 70/2023.
En un comunicado, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkantz y Ricardo Lorenzetti señalaron que “sólo se decidió un aspecto procesal, que se refiere a la legitimación de una asociación para obtener una medida cautelar; y se ajusta estrictamente a todos los precedentes de esta Corte Suprema”.
Además, remarcaron que “la sentencia no afecta a otras medidas cautelares con el mismo objeto que están en trámite en distintos tribunales” y que “tampoco impide que toda persona que considere que el régimen legal de tierras es inconstitucional, peticione una medida cautelar, cuya procedencia decidirá un juez competente”.
El máximo tribunal había revocado el fallo que había frenado la derogación de la Ley de Tierras mediante el artículo 154 del DNU 70/2023. La resolución se centró en la falta de legitimación del Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM) para impulsar la demanda y dejó nuevamente vigente la derogación de la norma.