La situación se tornó aún más angustiante cuando el acusado habría advertido la presencia de la mujer y continuó efectuando disparos. Ante el peligro, Sosa se agachó y tomó a su hija para resguardarla.
Luego de algunos minutos, Alvarez se retiró del lugar.
A partir de los elementos reunidos durante la investigación penal preparatoria, la Fiscalía consideró que existían elementos suficientes para atribuirle a Alvarez Rojo la presunta comisión del delito de amenazas simples, previsto en el artículo 149 bis, primer párrafo, del Código Penal, en calidad de autor material.
El caso avanzó hasta una audiencia de formalización y juicio abreviado, en la que intervino la jueza de Garantías, Dra. Flavia Allende.
Como consecuencia del acuerdo, Jonathan Jesús Alvarez Rojo fue condenado a seis meses de prisión de cumplimiento efectivo por resultar autor penalmente responsable del delito de amenazas simples, en perjuicio de Micaela Jaquelina Sosa.
Sin embargo, la jueza dispuso unificar esta pena con una condena anterior de un año y seis meses de prisión efectiva, dictada mediante un procedimiento especial de flagrancia.
De esta manera, la pena única quedó establecida en dos años de prisión de cumplimiento efectivo.
Además, se ordenó la prisión preventiva del condenado hasta que la resolución quede firme, por lo que deberá permanecer alojado en dependencias del Servicio Penitenciario Provincial.