El Ministerio de Economía, a través de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial, dispuso que todos los proveedores que comercialicen bienes y servicios a distancia deberán habilitar en sus páginas web un “Botón de Arrepentimiento” y un “Botón de Baja de Servicios”, de fácil acceso y sin trámites adicionales.
Los portales de venta, obligados a tener un "botón de arrepentimiento"
Todos los proveedores que comercialicen bienes y servicios a distancia deberán tener un “Botón de Arrepentimiento” y un “Botón de Baja de Servicios”.