Según se informó desde el Ministerio Público, Rojas Moretta fue condenado como autor material del delito de defraudación por engaño, previsto en el artículo 172 del Código Penal, en concurso real por tres hechos que tuvieron como víctimas a MEC S.A.S., Osvaldo Echenique y Claudio Machado Girado.
La investigación permitió acumular distintos legajos vinculados a las maniobras fraudulentas y reunir las pruebas necesarias para avanzar hacia una resolución integral del caso. El trabajo coordinado de la fiscalía posibilitó unificar las actuaciones y esclarecer los hechos denunciados.
Durante la audiencia realizada el pasado 22 de junio, el magistrado homologó el acuerdo alcanzado entre el Ministerio Público Fiscal, la querella y la defensa del imputado, dando lugar a la condena.
Además de la pena de prisión condicional, Rojas Moretta deberá cumplir durante dos años una serie de reglas de conducta establecidas por el artículo 27 bis del Código Penal. Entre ellas, fijar residencia, someterse al control del Patronato de Liberados y mantener su libertad mientras no sea requerido por otra autoridad judicial.