Según argumentó la Casa Rosada, la iniciativa apunta a fortalecer la competitividad de las zonas de frontera, promover el desarrollo económico regional y fomentar la generación de empleo formal.
Cómo funcionarán los nuevos free shops
A partir de este régimen, podrán habilitarse locales para la venta minorista de mercaderías nacionales e importadas libres de impuestos destinadas a viajeros que ingresen o salgan de la Argentina por vía terrestre.
Las compras deberán realizarse sin fines comerciales y estarán sujetas al régimen aduanero de equipaje vigente. Esto implica que los productos adquiridos estarán alcanzados por las mismas franquicias, límites de valor, topes de cantidad y controles que actualmente rigen para los bienes transportados por los viajeros al cruzar las fronteras.
El Gobierno señaló que el objetivo es facilitar las operaciones comerciales sin resignar los mecanismos de fiscalización aduanera.
Además, las tiendas solo podrán funcionar en pasos fronterizos habilitados o en espacios especialmente autorizados por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), donde sea posible ejercer los controles correspondientes.
Cada establecimiento deberá contar con una autorización comercial previa del Ministerio de Economía y con una habilitación aduanera otorgada por ARCA.
En los fundamentos del decreto, el Ejecutivo sostuvo que el comercio competitivo constituye "un motor para el desarrollo económico" y destacó que el nuevo esquema permitirá equiparar las condiciones con otros países del Mercosur que ya cuentan con sistemas similares.
También consideró que la intensa actividad turística que se desarrolla en las zonas de frontera justifica la implementación de mecanismos que impulsen el comercio local y regional.
Qué productos no podrán venderse
La reglamentación establece una serie de exclusiones para los artículos que podrán comercializarse en estos free shops.
Entre los productos que no estarán habilitados figuran:
- Medios de transporte, partes y repuestos.
- Aceites y combustibles.
- Animales vivos y plantas.
- Armas y municiones.
- Maquinaria agrícola, industrial, comercial o de servicios.
- Productos de la canasta básica de consumo de las poblaciones fronterizas, incluidos alimentos de origen animal y vegetal y productos de almacén.
- Electrodomésticos de gran porte.
- Materiales para la construcción.
- Materiales eléctricos, hidráulicos y sanitarios.
- Neumáticos.
- Tejidos e hilados.
- Calzado, con excepción de las zapatillas deportivas y las ojotas.
- Productos de tabaco y cigarrillos.
Asimismo, el decreto faculta al Ministerio de Economía a ampliar el listado de mercaderías excluidas en función de criterios de política comercial o fiscal.
El objetivo del Gobierno nacional
La reglamentación prevé que Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dicte las normas operativas necesarias para la puesta en marcha del sistema y supervise el cumplimiento de las franquicias y demás requisitos.
Desde el Gobierno consideran que la implementación de este esquema permitirá dinamizar las economías regionales y potenciar la actividad turística en las ciudades fronterizas, al ofrecer condiciones similares a las existentes en otros países del Mercosur.