Según explicó el organismo, para determinar el cambio en la condición de venta se tuvo en cuenta que los medicamentos hayan sido comercializados en la Argentina bajo receta durante al menos cinco años y que, durante ese período, no hayan registrado eventos adversos graves que alteraran el balance entre sus riesgos y beneficios.
De esta manera, la nueva disposición habilita la venta sin receta de las siguientes categorías:
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Trimebutina maleato: 100 mg, en comprimidos o cápsulas de administración oral.
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Levocetirizina diclorhidrato: 5 mg y 5 mg/ml, en comprimidos, cápsulas o solución oral.
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Fexofenadina clorhidrato: 60 mg, 120 mg y 6 mg/ml, en comprimidos, cápsulas o solución oral.
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Dimenhidrinato: 50 mg, en comprimidos o cápsulas de administración oral.
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Nafazolina clorhidrato y feniramina maleato: solución oftálmica estéril con 0,025% de nafazolina y 0,3% de feniramina.
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Olopatadina clorhidrato: solución oftálmica estéril en concentraciones de 0,1% y 0,2%.
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Carboximetilcisteína: 5%, en jarabe o solución oral.
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Cloruro de aluminio hexahidratado: 20%, en loción de uso tópico.
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Carbonato de calcio, tintura de árnica montana y nitrato de plata: asociación en polvo para administración oral o tópica, de acuerdo con las concentraciones especificadas por la ANMAT.
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Ivermectina: únicamente en concentración de 0,5% y en presentación de loción para uso tópico.
La aclaración sobre la ivermectina
Uno de los puntos que la ANMAT precisó en la disposición está relacionado con la ivermectina. La autorización para la venta libre se limita exclusivamente a la presentación en loción tópica con una concentración de 0,5%.
Por lo tanto, el cambio en la condición de venta no incluye comprimidos de ivermectina ni otras formulaciones destinadas a la administración oral. La habilitación alcanza únicamente a la presentación tópica contemplada específicamente en la nueva normativa.
La disposición establece así un cambio en la condición de venta de determinados medicamentos que, hasta ahora, requerían receta médica para su adquisición, aunque la autorización queda limitada a las concentraciones, presentaciones y vías de administración detalladas por el organismo regulador.