La resolución fue dictada por la jueza de Control de Garantías N° 2, Cecilia Mas Saadi, quien hizo lugar a una medida cautelar presentada por la estudiante y dispuso que conserve su condición de alumna regular de sexto año.
El establecimiento tendrá un plazo máximo de 24 horas desde la notificación para implementar una modalidad virtual, a distancia o cualquier otro mecanismo pedagógico no presencial que permita sostener su trayectoria educativa.
La institución deberá facilitarle los contenidos, materiales de estudio, actividades, clases y comunicaciones necesarias para completar el año. También tendrá que informarle el cronograma de evaluaciones, trabajos prácticos, recuperatorios y otras instancias académicas pendientes, bajo condiciones razonables de igualdad y respetando las exigencias curriculares.
Además, el colegio deberá designar un referente institucional que coordine el proceso educativo y mantenga informada a la alumna sobre sus obligaciones académicas.
Uno de los puntos centrales de la resolución establece que la continuidad escolar deberá garantizarse sin contacto presencial ni comunicación directa no autorizada entre la alumna investigada y la adolescente afectada por los hechos denunciados.
La jueza aclaró que la medida no habilita acercamientos ni contactos directos o indirectos entre ambas estudiantes. También prohibió divulgar información, imágenes o datos vinculados con la identidad de la adolescente afectada o con los hechos que están bajo investigación.
El colegio deberá adoptar las medidas necesarias para proteger la privacidad, la intimidad y la integridad de las dos estudiantes.
La decisión judicial suspende provisionalmente los efectos de la disposición interna del nivel secundario que había establecido la reubicación de la alumna investigada en otro colegio y la instrumentación del pase escolar.
La cautelar permanecerá vigente hasta que se dicte una sentencia definitiva o hasta la finalización del ciclo lectivo 2026, lo que ocurra primero.
Sin embargo, Mas Saadi dejó abierta la posibilidad de revisar, modificar o dejar sin efecto la resolución si aparecen nuevas circunstancias que alteren las condiciones consideradas al momento de dictarla.