El expediente involucra a una trabajadora de apellido Páez y a la propietaria de un comercio de indumentaria, de apellido Muñoz. Tras un conflicto laboral, la mujer obtuvo una sentencia favorable por $23.296.163. Sin embargo, cuando comenzó la etapa de ejecución, la empleadora solicitó pagar el monto en cuotas, una posibilidad contemplada por la normativa laboral para micro, pequeñas y medianas empresas.
Páez se opuso al pedido y solicitó que se declarara inconstitucional el artículo que habilita esa modalidad. Pallito hizo lugar al planteo y cuestionó que una indemnización reconocida judicialmente pudiera fraccionarse de manera obligatoria.
Entre los argumentos, el magistrado destacó el carácter alimentario de las indemnizaciones laborales, ya que esos montos buscan compensar la pérdida del empleo y sostener los ingresos de quien trabajaba. Desde esa perspectiva, consideró que obligar a cobrar en cuotas puede afectar los derechos de la persona despedida.
El fallo también planteó que la norma establece una diferencia entre los trabajadores y otros acreedores, además de avanzar sobre facultades procesales que corresponden a las provincias.
La resolución se suma a un antecedente reciente en San Juan. La primera declaración de inconstitucionalidad de este mecanismo había sido dictada por Mariela Berón, jueza del Segundo Juzgado Laboral. Con el pronunciamiento de Pallito, ya son dos los fallos de primera instancia que cuestionan la aplicación de esta herramienta en la provincia.
Sin embargo, la discusión judicial no está cerrada. A diferencia del antecedente anterior, la decisión de Pallito todavía puede ser apelada ante la Cámara Laboral, que tendrá la posibilidad de revisar los argumentos y confirmar o modificar lo resuelto.
El caso sanjuanino vuelve a poner bajo análisis el alcance de la Reforma Laboral y la posibilidad de que las empresas de menor tamaño cancelen indemnizaciones en cuotas. La discusión central pasa por determinar si esa alternativa puede aplicarse sin vulnerar los derechos del trabajador que obtuvo una sentencia favorable.