Para acceder a la Prestación por Edad Avanzada, se deben cumplir dos condiciones principales: tener 70 años de edad, tanto hombres como mujeres, y acreditar al menos 10 años de servicios con aportes.
La prestación está dirigida a quienes tuvieron una trayectoria laboral que no les permitió completar los 30 años exigidos para la jubilación ordinaria. Los aportes pueden corresponder a períodos de trabajo en relación de dependencia.
El haber mensual equivale al 70% de la jubilación mínima, al que se suman los aumentos y bonos que correspondan según las disposiciones vigentes.
Además, el beneficio contempla la posibilidad de que, ante el fallecimiento del titular, el cónyuge o conviviente pueda acceder a una pensión derivada, siempre que reúna los requisitos legales.
La alternativa para quienes tienen 65 años
Quienes llegaron a los 65 años sin completar los 30 años de aportes y tampoco reúnen las condiciones para acceder a la Prestación por Edad Avanzada pueden consultar por la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).
Esta prestación está destinada a hombres y mujeres de 65 años o más, no exige un mínimo de aportes previos y equivale al 80% del haber mínimo jubilatorio.
La PUAM también brinda cobertura de obra social a través de PAMI. A diferencia de la jubilación ordinaria, no genera derecho a una pensión por viudez.
Las dos prestaciones forman parte de las alternativas previsionales para adultos mayores que no pudieron completar una trayectoria laboral formal con los aportes necesarios para acceder a una jubilación ordinaria.