*Los votos recurridos son aquellos cuya validez o nulidad es cuestionada por alguno de los fiscales (se reverá su validez). Estos votos se cargan en un acta aparte para ser escrutados por la Junta, que tiene la decisión final.
*Los votos impugnados son los emitidos por un elector cuya identidad fue cuestionada por las autoridades de mesa o los fiscales.
¿Qué es un voto nulo? Es aquel voto que presenta determinadas circunstancias a las que el Código Electoral Nacional asigna tal consecuencia. En San Juan hubo 11.151, que corresponden al 2,89%.
En tanto, los votos afirmativos válidos (fueron 362.192, corresponden al 94,07%) son aquellos que se emiten con boleta oficializada de una misma agrupación para todas las categorías o cuando para cada categoría de cargo se eligen boletas oficializadas de fuerzas políticas diferentes.
Por último, los votos en blanco (fueron 11.085, correspondientes al 2,87%), también válidos, son los que se expresan con un sobre vacío o contiene un trozo de papel sin ninguna inscripción.