“De mil pacientes, sólo cuatro pueden ser donantes por eso cuando hay una persona que reúne las características se prepara todo el equipo médico”, detalló el profesional a primera hora de este miércoles.
En cuanto a la ley de donación, dijo que es importante que la sociedad se informe y deje expresado su voluntad de ser donantes. Por eso durante la jornada de este martes 30 de mayo estarán realizando una serie de actividades en el cruce de las peatonales (Tucumán y Rivadavia).
DÍA NACIONAL DEL DONANTE DE ÓRGANOS
Día de la Donación de Órganos: qué es y cómo se originó la Ley Justina
Fue un 30 de mayo como hoy, durante el Día Nacional de la Donación de Órganos. Pero en 2018. En esa jornada histórica, el Senado aprobó por unanimidad la llamada Ley Justina y trajo un cambio de paradigma.
La Ley Justina (27.447) dispone que "toda persona capaz mayor de 18 años" es posible donante de órganos o tejidos, salvo que haya dejado constancia expresa de lo contrario.
Entonces, antes de hacer una ablación, los médicos deberán corroborar si el donante, en vida, informó su negativa.
La norma se aplica sobre las siguientes "prácticas corrientes"; trasplante de corazón, vasos, estructuras valvulares y otros tejidos cardíacos; pulmón; hígado; páncreas; intestino; riñón y uréter; tejidos del sistema osteoarticular y musculoesquelético; piel; córneas y esclera; tejidos del sistema nervioso periférico; membrana amniótica y células progenitoras hematopoyéticas.
Para iniciar un ensayo clínico y/o práctica experimental, se deberá pedir autorización al Incucai, que es la autoridad de aplicación de la ley.
Además, dispone que "la atención integral del paciente trasplantado comprende la cobertura del cien por ciento (100%) en la provisión de medicamentos, estudios, diagnósticos y prácticas de atención de su estado de salud de todas aquellas patologías que estén directamente relacionadas con el trasplante".
Según la normativa, en caso de fallecimiento de menores de 18 años, "la autorización para la obtención de los órganos y tejidos debe ser efectuada por ambos progenitores o por aquel que se encuentre presente, o el representante legal del menor".
"En ausencia de las personas antes mencionadas, se debe dar intervención al Ministerio Pupilar, quien puede autorizar la ablación", continúa la ley.