Planificación en lugar de cupos rígidos
A diferencia de normativas anteriores, el proyecto no establece cupos obligatorios automáticos que limiten la libre competencia. En su lugar, propone un esquema basado en la presentación cada dos años de Planes de Desarrollo de Empleo y de Proveedores. Las empresas mineras y sus contratistas principales deberán trazar metas progresivas y rendir cuentas periódicamente; si no alcanzan los porcentajes previstos, tendrán que justificar técnicamente los desvíos (por ejemplo, por la falta de personal calificado), lo que activará de inmediato acciones de capacitación estatales y corporativas.
El compre local es el otro gran pilar. La iniciativa orienta a que las compañías destinen el 60% del monto anual de sus compras a proveedores sanjuaninos, siempre que la oferta del mercado sea competitiva en precio, calidad y capacidad operativa.
Control, incentivos y sanciones
Para operativizar la ley, se destacan las siguientes herramientas de gestión:
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Creación del RE.PRO.MIN: El Registro de Proveedores Mineros de San Juan funcionará como una base digital pública. Para inscribirse, las empresas deberán tener domicilio operativo y tributación en la provincia, además de una planta compuesta por al menos un 80% de personal local.
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Previsibilidad de la demanda: Las mineras estarán obligadas a publicar de forma anticipada sus cronogramas estimados de contratación para que los proveedores locales puedan prepararse e invertir a tiempo.
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Premios y castigos: Aquellas firmas que cumplan simultáneamente con las metas de empleo y compras recibirán un Certificado de Crédito Fiscal transferible para cancelar impuestos provinciales. Por el contrario, quienes incumplan de forma injustificada se expondrán a multas severas de hasta 60.000 Unidades Tributarias.
El debate que viene
El Ministerio de Minería actuará como autoridad de aplicación, respaldado por un Consejo Consultivo público-privado y una Unidad Técnica Interministerial para auditar el valor agregado declarado.
Este proyecto, que deroga la antigua e inaplicada Ley 1208-M, abre de manera formal uno de los debates más sensibles y reclamados por las cámaras sectoriales en San Juan: establecer reglas de juego claras, transparentes y medibles para que la riqueza de los grandes proyectos metalíferos se traduzca de forma directa en bienestar y desarrollo para los trabajadores de la provincia. De aprobarse, las empresas tendrán entre 60 y 90 días para presentar sus primeros planes de acción.