• Se restringe la circulación en todo el territorio de la Provincia en horario de 00:00 a 06:00 horas, salvo personas debidamente exceptuadas.
• Se implementa en los establecimientos educativos de todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo Provincial la educación presencial, cuidada, administrada y voluntaria. El Ministerio de Educación tiene la competencia para emitir las resoluciones necesarias para la interpretación, implementación y reglamentación de este decreto acuerdo.
• El transporte público se encuentra habilitado solo para pasajeros sentados, y con ventanillas abiertas favoreciendo la circulación cruzada.
• La Administración Pública funcionará en horario de 8 a 19 hs. El personal incluido deberá ser dispuesto en grupos separados por 1 hora para concretar la correcta limpieza.
• Los servicios fúnebres de personas no fallecidas por COVID-19 deberán realizarse de: lunes a domingo de 8 a 20 hs, con un máximo de cinco personas pertenecientes al círculo íntimo y con una duración máxima de hasta 5 hs.
• Se autoriza la obra pública y privada que se encuentre debidamente registrada, en horario de 8 a 19 hs.
• Se suspenden todo tipo de celebraciones de culto comunitarias, a excepción de la celebración más importante de cada culto. Solo se permite la asistencia: hasta 30% de capacidad o 40 personas como máximo, respetando la distancia social de 2 metros entre personas, en horario de 8 a 21 hs.
• Supermercados, farmacias, ferreterías y el resto de comercios esenciales funcionarán en horario de atención de 9 a 20 hs. de manera continua o discontinua, con factor de ocupación de hasta el 30% de capacidad, permitiendo el ingreso de solo una persona por grupo familiar.
• Shoppings y galerías comerciales: habilitados de lunes a viernes, de manera continua o discontinua, en horario de 9 a 20 hs., con factor de ocupación de hasta el 30% de capacidad.
• Resto de comercios: habilitados de lunes a viernes, con horario de atención de 9 a 20 hs. de manera continua o discontinua, con factor de ocupación de hasta el 30% de la capacidad, permitiendo el ingreso de solo una persona por grupo familiar.
• Mercado Concentrador de Rawson y Capital: se permite el ingreso de solo una persona por grupo familiar. Habilitado en horario de 9 a 20.
• Restoranes, cafés y bares: con un factor ocupación de hasta el 30%. Se permitirán hasta 4 personas por mesa, con 2 metros de distancia entre mesas. Horarios autorizados: 7 a 23 hs. para ingreso de personas, debiendo ser a las 00 hs. el cierre total.
• Cines y teatros: habilitados jueves y viernes, en horario de 9 a 20 hs., con factor de ocupación de hasta el 30% de capacidad.
• Se suspende todo tipo de eventos gastronómicos, sociales y culturales.
• Las reuniones sociales se encuentran prohibidas.
• Se encuentran habilitadas las reuniones familiares de hasta 8 personas en domicilios particulares.
• Industria: habilitada en horario de 8 a 19 hs., salvo aquellas de proceso continuo, con estricto cumplimiento de protocolo de funcionamiento.
• Están habilitadas las prácticas deportivas de deportistas del Programa de Alto Rendimiento.
• Clubes sociales, federados y amateurs continúan cerrados.
• Habilitación de deportes recreativos al aire libre, de 9 a 20 hs. en espacios públicos y circuitos establecidos, en grupos de no más de 2 personas
• Se habilitan las prácticas deportivas de deportistas profesionales autorizados por Resolución del Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación.
• Habilitación de actividades deportivas comerciales, en horario de 9 a 20 hs.:
- Gimnasios: al 30% del factor ocupacional, con estricto protocolo. Horario exclusivo para adultos mayores y personas con enfermedades de riesgo.
- Piletas de natación: con límite de personas por andarivel, sin público.
- Canchas de fútbol 5: hasta 10 personas por cancha, por turno y sin público.
- Canchas de pádel, que posean forma de ingreso independiente y exclusivo: máximo de 4 personas por turno, por cancha, 20 minutos de desinfección entre turno y turno. Sin público.
- Entidades de práctica y/o enseñanza de gimnasia deportiva y artística, hasta el 30 % del factor ocupacional, sin público.
- Entidades de práctica y/o enseñanza de danza, hasta el 30 % del factor ocupacional, sin público.
- Canchas de golf: habilitadas 3 días a la semana con un máximo de 4 personas por salida.
- Deportes ecuestres: solo movimiento de animales.
En ninguna actividad comercial deportiva se podrá realizar competencias.