El beneficio no es para todos. El Ministerio de Trabajo, conducido por Kelly Olmos, brindó el detalle de una serie de requisitos a cumplir para solicitar el reintegro de hasta la mitad del monto.
Podrán acceder al mismo quienes:
- No cuenten en simultáneo con un empleo asalariado y una actividad económica encuadrada en el régimen simplificado para pequeños contribuyentes en la categoría "C" o superior o en el régimen de trabajo autónomo, ni encontrarse en el Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL).
- No hayan efectuado una declaración patrimonial del Impuesto sobre los Bienes Personales superior a $8.383.920
- Ser propietario de más de un bien inmueble, automotor con antigüedad menor a un año, o de más de un automotor, embarcación o aeronave.
Para acceder al reintegro deberá comunicar, bajo declaración jurada, el monto total abonado al trabajador en concepto de la asistencia y presentar el recibo de sueldo de diciembre de 2022 con la inclusión del pago y el CBU del que contratante.
Semanas atrás, el Gobierno anunció el pago de un bono de fin de año de $24.000 en diciembre para trabajadores registrados -decreto 841/2022.
En el caso del personal de casas particulares, se estableció como límite para los empleadores que el pago deberá liquidarse antes del 31 de diciembre, de forma completa, a las empleadas que trabajen entre 32 y 48 horas semanales.
Si las empleadas domésticas trabajan menos horas, el pago del bono deberá calcularse de forma proporcional.