El 9 de diciembre del año pasado, la Justicia ya había suspendido el cuestionado decreto del kirchnerismo. La medida fue tomada por la jueza en lo Contencioso Administrativo Federal Liliana Heiland un día antes de que Cristina Kirchner dejase el poder. La decisión fue tomada a partir de una medida cautelar interina que solicitó la Mesa Nacional de Jubilados Pensionados y Retirados de la República. "El DNU cuestionado no explica las únicas y excepcionales circunstancias que autorizan su especialísimo dictado, lo que prima facie, contrasta con lo prescripto por los arts. 109, 99 y 75 de la Constitución Nacional", sostuvo la jueza Heiland.Ese DNU es el que fue derogado por el nuevo gobierno nacional, según el DNU 73/2016 que fue publicado este miércoles en el Boletín Oficial.La decisión consta de apenas tres artículos. El primero dispone la derogación. El segundo informa que la medida deberá ser enviada a la "Comisión Bicameral Permanente del Honorable Congreso de la Nación a los efectos de su tratamiento y consideración legislativa". El tercero cumple con la formalidad de ordenar la publicación del texto.En los considerandos, el gobierno nacional recuerda que el artículo 99 inciso 3 de la Constitución Nacional prohíbe de forma expresa dictar DNUs en materia tributaria. A eso le suma el argumento de que si se hubiera llevado a cabo la medida, "el presupuesto del año 2016 de la seguridad social se encontraría seriamente comprometido en cuanto a su nivel de gasto y financiamiento, situación que se agravaría en forma notable de no mediar la inmediata extinción del mencionado decreto".
Qué es la coparticipación y por qué la Nación descontaba el 15%La coparticipación es un mecanismo de distribución de los recursos fiscales entre las administraciones nacional, provincial y municipal para garantizar una provisión de bienes y servicios públicos equitativa en todo el territorio.El cuestionado descuento del 15% de los impuestos coparticipables que el gobierno nacional realizaba sobre las provincias era utilizado desde 1992 para financiar a la Anses, antes de que se constituyeran las AFJP, como modo de paliar el gran déficit que en ese entonces tenía la seguridad social en la Argentina. De esa forma el organismo previsional pudo equilibrar su balance con aportes por encima de la contribución de los trabajadores.Qué dice el fallo de la Corte SupremaA fines del año pasado, el máximo tribunal de Justicia declaró inconstitucional la deducción del 15% de la masa de impuestos coparticipables que realizaba el Estado nacional, sin el acuerdo de las provincias, para financiar a la Anses.La sentencia, que beneficia a las provincias de Santa Fe, San Luis y Córdoba, contó con el voto de los ministros Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt y Juan Carlos Maqueda. Además suspendió de manera inmediata los descuentos que el Estado efectúa a la provincia de Córdoba sobre fondos de la coparticipación federal de impuestos.La decisión del máximo tribunal exigía al gobierno nacional y al Congreso que concreten lareforma pendiente del régimen de Coparticipación Federal de Impuestos dispuesta con la sanción de la Constitución Nacional de 1994.