La última actualización se había realizado en 2018 pero la normativa de la autoridad tributaria que se publicará este jueves en el Boletín Oficial incrementa de $10.000 a $30.000 el monto mínimo a partir del cual las entidades financieras deben reportar consumos con tarjeta de crédito.
Asimismo, la Resolución General 5138/2022 lleva de $30.000 a $90.000 la cifra mínima para informar las acreditaciones mensuales, extracciones mensuales, saldos de las cuentas y los depósitos a plazo fijo.
La normativa introduce mejoras en relación con la información que reportan los bancos sobre los movimientos de las cuentas especiales creadas para la repatriación de activos en el exterior vinculadas al Aporte Solidario y Extraordinario.
También sobre las previstas por el Programa de Normalización de la Ley de Incentivo a la Construcción Federal Argentina y Acceso a la Vivienda.