Según estable la nueva legislación, hay dos avances que tienen como beneficiario al locatario, es decir, al inquilino del inmueble. Primero, se fijó como tope máximo de depósito el equivalente a “un mes por año”, “para evitar abuso en las grandes ciudades”, tal como lo explicó Luluaga. “En algunas ciudades se acostumbraba a pedir más de un mes de depósito porque la ley lo permitía. Esto en San Juan no cambiaría mucho porque así lo estamos realizando”, indicó.Asimismo, marcó otro punto importante que tiene que ver con el tiempo que tiene el inquilino para avisar que abandona la vivienda. “La ley anterior marcaba que había que avisar antes de los 60 días de receso pero ahora no establece la fecha”. Esto implica que, si bien no cambiaron las penalizaciones pertinentes, el locatario no estará obligado a pagar más de la cuenta por cada mes que no ocupe la vivienda hasta la recesión del contrato.