1. Procurar mantener al menos 2 metros de distancia entre los trabajadores;
2. Todo el personal deberá contar con protectores visuales y respiratorios de acuerdo con las recomendaciones establecidas por el Ministerio de Salud Pública de la Provincia de San Juan;
3. El empleador deberá proporcionar los elementos de protección personal adecuados de acuerdo con el puesto de trabajo;
4. Los elementos de protección personal son de uso individual y no se podrán compartir;
5. Los elementos de protección personal si son reutilizables se deberán desinfectar antes y después del uso diario, posteriormente se deberán guardar en un lugar adecuado;
6. Evitar tocarse o refregarse la cara (manos, nariz y ojos);
7. No compartir mate, vasos, toallas y demás artículos de higiene personal;
8. Los alimentos e insumos deberán proceder del hogar, debido a que el personal no podrá ausentarse para realizar compras;
9. Se deberán planificar turnos para el refrigerio;
10. Evitar los saludos de mano y beso;
11. Están prohibidas las bromas o juegos de contacto;
12. Taparse con el pliegue del codo al estornudar o toser;
13. No salivar o expectorar en el suelo;
14. No generar reuniones grupales;
15. No fumar;
16. Aquellas tareas que requieran de acciones colaborativas entre trabajadores deberán realizarse evitando cualquier tipo de contacto entre las personas;
17. El personal deberá mantener la distancia de interacción con los proveedores;
18. El empleador debe proveer el suministro de insumos de limpieza e higiene personal (disponer de alcohol en gel en lugares comunes y jabones en sanitarios).
En tanto quedan prohibidas las aglomeraciones o reuniones entre empleados; uno de ellos deberá quedar a cargo del orden y dirigir el mantenimiento del lugar.