En un primer momento, Andrés Hernán Acosta Páez conocido de la adolescente de 15 años mientras charlaban le propuso mantener relaciones sexuales. La joven se negó rotundamente y en un descuido le bajó los pantalones y abusó sexualmente de ella.
Cuando la joven pudo reponerse se acercó a realizar la denuncia a ANIVI y de inmediato el juez de Garantías ordenó una prohibición de acercamiento ya que el acusado reside a unos 500 metros de la víctima. Pero a los dos meses, la familia del acusado de agresión sexual se acercó a la víctima y realizó una serie de actos turbatorios por lo que ella y sus familia fueron resguardados.
Las novedades que se dieron durante la jornada del lunes, es que fue condenado a ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL (Art. 119 tercer párrafo del CP) en perjuicio de R.O.M.V., y DESOBEDIENCIA A UNA ORDEN JUDICIAL (Art. 239 del CP), en perjuicio de la Administración de Justicia, todo ello bajo las reglas del Concurso Real de delitos (Art. 55 del C.P.), en CALIDAD DE AUTOR (Art. 45 del CP).