El episodio que derivó en la intervención judicial ocurrió alrededor de las 12:15 del 9 de julio, en el domicilio que ambos compartían. En la vivienda también se encontraban el padre del acusado y la hija menor de la denunciante.
La discusión comenzó cuando la mujer manifestó su intención de dirigirse a almorzar a la casa de su madre. Ante esto, Vidable le habría indicado que, si abandonaba el domicilio, debía llevarse todas sus pertenencias.
La situación se agravó luego de que el padre del acusado preguntara por un espejo con el que había estado jugando la niña. En ese momento, Vidable comenzó a insultar a la denunciante y posteriormente la empujó con ambas manos por la espalda.
Cuando la mujer reaccionó empujándolo, el acusado le habría dado un golpe de puño en el costado del ojo derecho, provocando que cayera al suelo. Mientras permanecía en posición fetal, según la acusación, recibió patadas en el brazo derecho y en la espalda, además de un golpe de puño en la cabeza.
Todo esto habría ocurrido mientras el hombre continuaba insultándola y exigiéndole que abandonara la vivienda. La escena fue presenciada por la hija menor de la mujer, quien comenzó a llorar y gritar.
Después de la agresión, la denunciante intentó reunir sus pertenencias y las de su hija para retirarse del domicilio. Sin embargo, según consta en la investigación, Vidable retiró el picaporte de la puerta de la habitación y la dejó encerrada en el interior.
Ante esa situación, la mujer logró comunicarse mediante llamadas y mensajes de WhatsApp con su padre para solicitar ayuda. El hombre envió al lugar al hermano de la denunciante.
Cuando este llegó a la vivienda, el acusado abrió la puerta de la habitación. Pero cuando la mujer intentaba retirarse junto a su hija y sus pertenencias, Vidable volvió a empujarla por la espalda con ambas manos.
Antes de abandonar el domicilio, la víctima manifestó su intención de denunciar lo sucedido. Según la acusación, en ese momento el hombre la amenazó con matarla cuando recuperara su libertad y mantuvo una actitud intimidatoria frente a la intervención policial.
La Justicia dictó una condena de prisión efectiva
El 14 de julio de 2026 se realizó la audiencia de control de detención y formalización de la Investigación Penal Preparatoria. En esa instancia se dispuso la prisión preventiva del imputado por el plazo de dos meses.
Finalmente, el 9 de septiembre de 2026 se llevó adelante la audiencia de juicio abreviado. En ese marco, Vidable fue condenado a seis meses de prisión efectiva, que deberá cumplir en el Servicio Penitenciario Provincial.
La Justicia lo declaró autor penalmente responsable de los delitos de lesiones leves agravadas por el vínculo y por haber sido cometidas en contexto de género, en concurso real con el delito de amenazas simples, conforme a los artículos 89 y 92, en función del artículo 80, incisos 1 y 11; artículo 55; y artículo 149 bis, primer párrafo, del Código Penal.